Sentencia N° 415 — Sala Político Administrativa del TSJ, 23 de abril de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00415, Exp. 2012-1664, 24/04/2013
Expediente2012-1664
PonenteEvelyn Marrero Ortíz
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2013-04-23
DecisiónAcepta la competencia

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia acepta la competencia declinada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo para conocer el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Coronel (Ej) Graciliano Antonio González Urribarri. Este recurso se refiere a un acto administrativo denegatorio tácito del Ministerio de la Defensa, relacionado con la no decisión de un recurso jerárquico interpuesto en 2002. La Sala fundamenta su decisión en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y la Ley Orgánica de la Administración Pública, que establecen la competencia de la Sala para conocer de estos casos.

Extracto de la motiva

Al respecto, debe señalarse que por haber sido ejercido el recurso el 10 de abril de 2003, corresponde aplicar el régimen de competencia consagrado en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, publicada en la Gaceta Oficial Gaceta Nº 1.893 del 30 de julio de 1976, aplicable en razón del tiempo, en cuyo ordinal 10°, artículo 42, se le atribuye la competencia a esta Sala para conocer y decidir los casos como el de autos, en los cuales ha sido intentado un recurso de nulidad por razones de insconstitucionalidad o de ilegalidad, de los actos administrativos individuales dictados por el Poder Ejecutivo Nacional. Visto que la competencia de la Sala queda circunscrita a los órganos superiores de la Administración Pública Central, debe la Sala hacer referencia a lo pautado en el artículo 45 de la Ley Orgánica de la Administración Pública, publicada en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 37.305 del 17 de octubre de 2001, aplicable en razón del tiempo, en el que se establece que estos son: el Presidente o Presidenta de la República, el Vicepresidente Ejecutivo o la Vicepresidenta Ejecutiva, el Consejo de Ministros, los Ministros o Ministras, los Viceministros o Viceministras; así como a los actos emanados de las máximas autoridades de los órganos superiores de consulta de la Administración Pública Central, que según la norma citada son: la Procuraduría General de la República; el Consejo de Estado, el Consejo de Defensa de la Nación, los gabinetes sectoriales y gabinetes ministeriales.

Dispositiva

Sobre la base de los razonamientos expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que ACEPTA LA COMPETENCIA declinada por la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el Coronel (Ej) GRACILIANO ANTONIO GONZÁLEZ URRIBARRI contra el acto administrativo denegatorio tácito del MINISTERIO DE LA DEFENSA, hoy Ministerio del Poder Popular para la Defensa, al no haber decidido el recurso jerárquico ejercido el 15 de julio de 2002, contra la Orden N° DG-15699 de fecha 26 de abril de 2002 emanada del Director General de ese Ministerio. Notifíquese de la presente decisión a la Procuraduría General de la República. Publíquese, regístrese y notifíquese. Remítase el expediente inmediatamente al Juzgado de Sustanciación a los fines consiguientes. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

competenciarecurso contenciosoacto administrativonulidadadministración públicadefensa

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