La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia número 00414, ordena la ejecución forzosa de la reversión de bienes por parte de la empresa Cotécnica Chacao, C.A. a la Alcaldía del Municipio Chacao. Se establece que la entrega de los bienes debe ser verificada por un Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar el cumplimiento de lo ordenado en sentencias anteriores y el interés público de la comunidad.
Extracto de la motiva
motiva del presente fallo (…)”. (Destacado de la cita). (Agregados de esta Sala). Por oficios números 2700, 2701, 2702, 2703, 2704, 2705, 2706, 2707 y 2708 del 7 de agosto de 2023, se libraron las notificaciones dirigidas al Procurador General de la República, al Contralor General de la República, al Fiscal General de la República, al Contralor del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, al Alcalde del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, al Defensor del Pueblo, al Síndico Procurador del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda, a la empresa codemandada y a la accionante, en ese orden. Mediante diligencias del 17 y 18 de octubre de 2023, el Alguacil de esta Sala consignó acuse de recibos de las notificaciones practicadas. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 14 de 22
Dispositiva
ORDENA que se libre comisión a un Tribunal Superior Estadal Contencioso Administrativo de la Región Capital, que corresponda por distribución, a fin que en la oportunidad que fije al efecto, se traslade y constituya en la sede de la empresa Cotécnica Chacao, C.A., presencie y verifique el cabal cumplimiento de la entrega de los bienes faltantes a la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Bolivariano de Miranda.
Palabras clave
ejecución forzosareversión de bienesMunicipio Chacao