La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en respuesta a la solicitud de expropiación presentada por el Procurador General de la República, Eloy Lares Martínez, en relación con derechos de servidumbre pertenecientes a la empresa Mene Grande Oil Company. La solicitud se fundamentó en un decreto presidencial que declaraba la necesidad de expropiar terrenos para la construcción de un oleoducto y un patio de tanques en el Estado Anzoátegui.
La Sala observó que han transcurrido más de 52 años desde que se llamó a informes sin que la parte actora haya impulsado el proceso, lo que llevó a la necesidad de solicitar información a la Procuraduría General sobre el cumplimiento de las pretensiones de la solicitud de expropiación. Se ordenó notificar al Procurador para que manifieste su interés en la continuación del proceso.
Finalmente, se estableció que las notificaciones se realizarían a través de medios electrónicos, conforme a la normativa vigente, y se ordenó el cumplimiento de lo dispuesto en la sentencia.
Dispositiva
ORDENA notificar a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a los fines de solicitarle que en un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente judicial la última de las notificaciones informe a esta Máxima Instancia, si fueron cumplidas las pretensiones de autos y resultas del asunto, en caso afirmativo, remitir la prueba del cumplimiento. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
expropiaciónocupación previaservidumbreprocuraduríaoleoductoutilidad públicajurisdicción contencioso administrativa