Sentencia N° 414 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de abril de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00414, Exp. 2018-0068, 11/04/2018
Expediente2018-0068
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-04-10
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa Industrias La Preferida, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del SENIAT, que impuso sanciones por retardo en el pago del impuesto al valor agregado. La Sala ordenó recalcular las multas aplicando las reglas de la concurrencia de infracciones y el valor de la unidad tributaria vigente al momento del pago de las sanciones.

Extracto de la motiva

Sobre la presunta falta de aplicación de los artículos 81 y la errónea interpretación del artículo 94 del referido Texto Orgánico Tributario, el juzgador de la causa refirió que la Administración Tributaria “… incurrió en una imprecisión al totalizar las multas impuestas a la contribuyente de autos por no aplicar el principio de la concurrencia, previsto en el artículo 81 [eiusdem] el cual prevé la fijación de la sanción pecuniaria más grave, aumentada con la mitad de las otras sanciones (…) y adicionalmente incurrió en un error aritmético en cuanto al monto total de las sanciones aplicadas…”. (Agregado de la Sala). En virtud de lo anterior, determinó procedente el vicio de falso supuesto de derecho denunciado por la accionante, al órgano exactor emitir nuevas Planillas de Liquidación Sustitutivas con el recálculo del monto de las sanciones impuestas a la recurrente, aplicando las reglas de la concurrencia de infracciones y con la realización del ajuste correspondiente al valor de la unidad tributaria vigente para la oportunidad del pago efectivo de las multas, según lo preceptuado en los artículos 81 y 94 (Parágrafo Segundo), eiusdem.

Dispositiva

Se ordena a la Administración Tributaria emitir nuevas Planillas de Liquidación Sustitutivas con el recálculo del monto de las sanciones impuestas a la recurrente, aplicando las reglas de la concurrencia de infracciones y con la realización del ajuste correspondiente al valor de la unidad tributaria vigente para la oportunidad del pago efectivo de las multas.

Palabras clave

Contencioso TributarioSancionesImpuesto al Valor Agregado

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