Sentencia N° 414 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00414, Exp. 2009-0923, 06/04/2011
Expediente2009-0923
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoCasacion Civil
Fecha de la decisión2011-04-05
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia, revoca la decisión del Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario que aplicó incorrectamente las reglas del delito continuado en la imposición de sanciones por incumplimiento de deberes formales en materia de impuesto al valor agregado. Se establece que la multa impuesta a la contribuyente Inversora Giesca, C.A. por emitir facturas sin cumplir con los requisitos legales se mantiene firme. La Sala aclara que cada período de imposición es autónomo y no se puede aplicar la figura del delito continuado en este contexto.

Extracto de la motiva

La Sala observa que aun cuando las infracciones de la contribuyente se produjeron antes del referido pronunciamiento que causó el cambio de solución, son a la vez posteriores a la normativa especial que rige esa conducta ilícita, cual es el artículo 101, numeral 3 del Código Orgánico Tributario de 2001, razón por la cual se le debe aplicar. (…) Reitera la Sala que el indicado cambio lo que hizo fue reconocer la preexistencia del derecho positivo en el que debe subsumirse la conducta del justiciable tributario para todos los casos en que se observen ilicitudes en esta materia, producidas a partir del 17 de enero de 2002, fecha en que empezó a regir la estudiada normativa. Así se decide.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 065/2009, dictada por el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 27 de mayo de 2009, la cual se REVOCA en lo referente a aplicación de las reglas del delito continuado en casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio INVERSORA GIESCA, C.A., por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por emitir facturas sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias, por la cantidad de novecientas veinticinco unidades tributarias (925 U.T.), equivalente a la fecha de emisión de la Resolución de Imposición de Sanción N° 5129, del 10 de marzo de 2008, al monto de cuarenta y dos millones quinientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 42.550.000,00), hoy expresados en cuarenta y dos mil quinientos cincuenta bolívares sin céntimos (Bs. 42.550,00). 3.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente y no desfavorecer al Fisco Nacional, lo decidido por el tribunal a quo respecto al incumplimiento de los deberes formales relativos a la emisión de facturas y a no mantener los libros de compras y ventas del impuesto al valor agregado dentro del establecimiento comercial.

Palabras clave

recurso de apelaciónsanciones tributariasimpuesto al valor agregado

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