Sentencia N° 412 — Sala Político Administrativa del TSJ, 20 de marzo de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00412, Exp. 1999-15433, 25/03/2014
Expediente1999-15433
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-03-20
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia conoció de una querella presentada por Hernán González Vale contra la República Bolivariana de Venezuela, solicitando la cancelación de diferencias en su pensión de jubilación. La Sala, tras revisar el expediente, constató que el demandante no había actuado en el juicio desde 1988, por lo que ordenó su notificación para que manifestara su interés en continuar con el proceso. En caso de no hacerlo, se declararía extinguido el proceso por pérdida del interés procesal.

Extracto de la motiva

El asunto sometido a conocimiento de esta Sala Político-Administrativa versa sobre la querella incoada por el ciudadano Hernán González Vale, contra la República Bolivariana de Venezuela, por órgano del Ministerio del Poder Popular para las Relaciones Exteriores, con el fin de que le sea cancelada la diferencia de pensión de jubilación, “así como también que le pague la diferencia entre la cantidad que le ha sido pagada cada año por concepto de aguinaldo y la que realmente le corresponde (...) desde el año 1977 hasta el año de 1985” (Sic), ello luego de haberse desempeñado como Embajador de la entonces República de Venezuela en Haití. Ahora bien, de la revisión de las actas que conforman el expediente se observa que la parte querellante no ha actuado en el presente juicio ni por sí ni por medio de apoderado judicial desde el 30 de junio de 1988, oportunidad en la que presentó escrito de fundamentación al recurso de apelación ejercido contra la decisión dictada por el entonces Tribunal de la Carrera Administrativa el 2 de mayo de 1988, en la cual se declaró sin lugar el recurso interpuesto. Siendo ello así, y visto que han transcurrido más de veinticinco (25) años desde que la parte actora actuó en el expediente, esta Sala Político-Administrativa ordena su notificación en el domicilio procesal, a fin de que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa.

Dispositiva

Con fundamento en lo antes expuesto, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ORDENA la notificación del ciudadano HERNÁN GONZÁLEZ VALE, titular de la cédula de identidad N° 7.321, parte querellante, para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa. Transcurrido dicho lapso sin que la parte accionante manifieste su interés, esta Sala declarará extinguido el proceso por pérdida del interés procesal. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

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