La sentencia se refiere a la demanda de nulidad interpuesta por Pedro José Sánchez Matos contra un acto administrativo de la Guardia Nacional. La Sala Político-Administrativa del TSJ declara desistido tácitamente el procedimiento debido a la falta de comparecencia del demandante a la Audiencia de Juicio fijada para el 28 de noviembre de 2019. Se establece que la no asistencia del demandante implica el desistimiento del procedimiento conforme a la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Extracto de la motiva
Establece la norma precedentemente transcrita, la fijación de la Audiencia de Juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma prevé como consecuencia jurídica de la no comparecencia del demandante a la Audiencia, el desistimiento del procedimiento. En tal sentido, advierte la Sala que en el caso de autos el 19 de noviembre de 2019, se fijó la celebración de la Audiencia de Juicio para el día “jueves 28.11.2019, a las once de la mañana (11.00 a.m.)”. Asimismo, se observa que llegada la oportunidad para que tuviera lugar el señalado acto ni el demandante ni su apoderado judicial comparecieron, de lo cual se dejó expresa constancia en el expediente. (Folio 40). Sobre la base de lo expuesto y visto que la parte actora no cumplió con la carga procesal de asistir a la Audiencia de Juicio previamente fijada, esta Sala declara el desistimiento tácito del procedimiento, conforme a lo previsto en el artículo 82 de Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO TÁCITAMENTE el procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano PEDRO JOSÉ SÁNCHEZ MATOS antes identificado, contra el acto administrativo contenido en el oficio Núm. GNB-CZ42-EM-DP-008 de fecha 4 de enero de 2018 dictado por el General de Brigada, Jefe del Comando de Zona para el Orden Interno Núm. 42 de la Guardia Nacional Bolivariana (en el Estado Aragua), adscrito al MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA.