Sentencia N° 408 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00408, Exp. 2015-0167, 04/07/2017
Expediente2015-0167
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2017-06-29
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió parcialmente con lugar el recurso de apelación interpuesto por Carburo del Caroní, C.A. contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario que había declarado sin lugar su recurso contencioso tributario. La Sala confirmó la decisión en términos generales, pero revocó el cálculo de las multas impuestas, ordenando a la Administración Tributaria emitir nuevas planillas de liquidación ajustadas a las reglas de concurrencia de infracciones. La sentencia también abordó la prescripción de las sanciones y el carácter confiscatorio de las multas, concluyendo que no se vulneraron los derechos constitucionales de la contribuyente.

Extracto de la motiva

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil CARBURO DEL CARONÍ, C.A., contra el fallo definitivo número PJ0662014000160 dictado por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana en fecha 10 de octubre de 2014, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la referida contribuyente; el cual se CONFIRMA en los términos expuestos en la motiva de esta decisión, a excepción del pronunciamiento emitido en relación al cómputo de las multas, el cual se REVOCA por la falta de declaratoria en cuanto a la aplicación de las reglas de concurrencia de infracciones previstas en el Código Orgánico Tributario de 2001. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente CARBURO DEL CARONÍ, C.A., contra la Resolución Recurso Jerárquico distinguida con el alfanumérico SNAT/INTI/GRTI/RG/DJT/2011/040, de fecha 20 de julio de 2011, notificada el 17 de agosto del mismo año, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia, queda FIRME el referido acto, salvo en lo atinente al cálculo de las multas, lo cual se ANULA en los términos expuestos en la presente decisión. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir Planillas de Liquidación Sustitutivas, en sujeción a la motiva de este fallo.

Dispositiva

Por las razones precedentemente señaladas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la sociedad mercantil CARBURO DEL CARONÍ, C.A., contra el fallo definitivo número PJ0662014000160 dictado por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Guayana en fecha 10 de octubre de 2014, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la referida contribuyente; el cual se CONFIRMA en los términos expuestos en la motiva de esta decisión, a excepción del pronunciamiento emitido en relación al cómputo de las multas, el cual se REVOCA por la falta de declaratoria en cuanto a la aplicación de las reglas de concurrencia de infracciones previstas en el Código Orgánico Tributario de 2001. 2.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario incoado por la contribuyente CARBURO DEL CARONÍ, C.A., contra la Resolución Recurso Jerárquico distinguida con el alfanumérico SNAT/INTI/GRTI/RG/DJT/2011/040, de fecha 20 de julio de 2011, notificada el 17 de agosto del mismo año, emitida por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Guayana del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia, queda FIRME el referido acto, salvo en lo atinente al cálculo de las multas, lo cual se ANULA en los términos expuestos en la presente decisión. 3.- Se ORDENA a la Administración Tributaria emitir Planillas de Liquidación Sustitutivas, en sujeción a la motiva de este fallo.

Palabras clave

recurso contencioso tributariomultasSENIATCarburo del Caroní

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