Sentencia N° 407 — Sala Político Administrativa del TSJ, 1 de octubre de 2026

TSJ/SPA, Sent. N° 00407, Exp. 2015-0148, 01/10/2026
Expediente2015-0148
PonenteJAIME JESÚS BÁEZ JIMÉNEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2026-10-01
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó la sentencia Nro. 00407, en la que se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República para que emita su opinión sobre la nueva experticia complementaria presentada en el caso de la empresa Mantenimiento Casalbeach, C.A. contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la defensa de los intereses patrimoniales del Estado en el proceso judicial. Además, se establece un lapso de diez días para que las partes presenten sus observaciones sobre la experticia complementaria.

Extracto de la motiva

La Sala considera que la Procuraduría General de la República debe ser notificada para que emita su opinión sobre el nuevo informe pericial presentado en el asunto de autos, dado que involucra derechos, bienes e intereses patrimoniales de la República. Se ordena la notificación de las partes y del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, para que, de considerarlo procedente, consignen las observaciones relativas a la referida experticia complementaria del fallo, dentro de los diez días de despacho, contados a partir de que conste en autos la última notificación.

Dispositiva

ORDENA: 1.- EFECTUAR LA NOTIFICACIÓN de la PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, a fin de que emita su opinión sobre la nueva experticia complementaria presentada en fecha 6 de mayo de 2026 por los expertos designados por esta Sala en la presente causa, con ocasión de la sentencia Nro. 00254, de fecha 22 de mayo de 2019. 2.- EFECTUAR LA NOTIFICACIÓN de las partes, del Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz, y del Superintendente Nacional Antidrogas (SNA), para que de considerarlo procedente, consignen las observaciones relativas a la aludida experticia complementaria del fallo.

Palabras clave

indemnizacióndaños y perjuiciosabuso de derechoreivindicaciónexperticia complementariaProcuraduría Generalintereses patrimonialesnotificación

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