DecisiónSu INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente interpuesto con Acción Amparo y subsidiariamente con medida cautelar.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Nacional Contencioso Administrativo y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo. El caso se originó por la nulidad de un acto administrativo del Instituto Nacional de Aeronáutica Civil, que suspendió el certificado de funcionamiento de un centro de instrucción aeronáutica. La Sala declaró su incompetencia y remitió el expediente al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Capital, considerando que el INAC es un ente autónomo cuya sede está en Caracas.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declar[ó]: PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente interpuesto conjuntamente con Acción Amparo y subsidiariamente con medida cautelar, interpuesto por el ciudadano OSCAR ALFREDO RODRIGUEZ CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.245.747, en su condición de Director General de la ASOCIACION CIVIL INSNTITUTO TECNOLOGICO DE ESPECIALIDADES AERONAUTICAS (ITEA), asistido por las abogadas Alexandra Josefina Ferrer Colmenarez y Milagro Alexandra Yustiz Ramos, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 140.870 y 102.138 respectivamente, contra acto INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL. SEGUNDO: Se DECLIN[Ó] LA COMPETENCIA al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental. TERCERO: Remítase oportunamente el presente expediente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.
Dispositiva
Por las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, actuando Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declar[ó]: PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para entrar a conocer y decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente interpuesto conjuntamente con Acción Amparo y subsidiariamente con medida cautelar, interpuesto por el ciudadano OSCAR ALFREDO RODRIGUEZ CASTILLO, titular de la cedula de identidad Nro. V-5.245.747, en su condición de Director General de la ASOCIACION CIVIL INSNTITUTO TECNOLOGICO DE ESPECIALIDADES AERONAUTICAS (ITEA), asistido por las abogadas Alexandra Josefina Ferrer Colmenarez y Milagro Alexandra Yustiz Ramos, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 140.870 y 102.138 respectivamente, contra acto INSTITUTO NACIONAL DE AERONÁUTICA CIVIL. SEGUNDO: Se DECLIN[Ó] LA COMPETENCIA al Juzgado Nacional Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental. TERCERO: Remítase oportunamente el presente expediente, una vez vencido el lapso establecido en el artículo 69 del Código de Procedimiento Civil.