Sentencia N° 406 — Sala Político Administrativa del TSJ, 11 de agosto de 2022

TSJ/SPA, Sent. N° 00406, Exp. 2016-0666, 11/08/2022
Expediente2016-0666
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2022-08-11
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por TAPAS CORONAS, S.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. RNO/DSA/99-000114, que había confirmado un Acta Fiscal. La decisión se basa en que la notificación de la resolución se realizó fuera del plazo legal establecido, lo que conllevó a la caducidad del procedimiento administrativo. Se confirma la sentencia del Tribunal Superior que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario.

Extracto de la motiva

La Juez de instancia previamente delimitó la controversia en tener que precisar y decidir sobre: “(…) i) La legalidad de la actuación del funcionario interviniente; ii) Vicio de inmotivación del acto administrativo recurrido; iii) Vicio de falso supuesto; iv) Inconstitucionalidad de los intereses compensatorios; v) Inconstitucionalidad de la corrección monetaria; vi) Violación al principio de certeza jurídica; vii) Improcedencia de los intereses moratorios; viii) Error de derecho; y ix) Graduación de la pena”. Seguidamente, indicó que se pronunciaría sobre los vicios que pudiesen afectar al acto administrativo impugnado “(…) como consecuencia de la notificación de la Resolución Recurrida, que presuntamente surtió efectos a partir del décimo día hábil siguiente tal como ha sido alegada por la recurrente”. Sobre la notificación de la Resolución impugnada y luego de atender los argumentos formulados por ambas partes y de citar las disposiciones contenidas en los artículos 133 y 134 del Código Orgánico Tributario de 1994, aplicable ratione temporis, referidas a las reglas que deben llevarse a cabo para practicar las notificaciones de los actos administrativos, advirtió que “(…) de la lectura de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo N° RNO/DSA/99-000114, de fecha 30 de junio de 1999, inserta entre los folios 30 al 60 del presente expediente, consignada en original, por la contribuyente, no se evidencia ni la fecha ni a quien fue notificada la misma”. Por otra parte, la Juez de instancia explicó “(…) que la recurrente aseveró que la notificación fue practicada en fecha 30 de julio de 1999 al ciudadano José Hurtado, titular de la cédula de identidad N° 8.889.203, quien no es a su decir, persona a quien pueda notificarse personalmente, y por la otra, que la representación judicial del Fisco Nacional reconoció expresamente que dicha notificación no había sido practicada personalmente”.

Dispositiva

1) SIN LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial del FISCO NACIONAL, contra la sentencia definitiva Nro. 2135 dictada el 29 de septiembre de 2015 por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil TAPAS CORONAS, S.A., (TACORSA), la cual se CONFIRMA. 2) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la contribuyente, contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. RNO/DSA/99-000114, de fecha 30 de junio de 1999, notificada el 16 de agosto del mismo año, emitidas por la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Nor-Oriental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), que confirmó el Acta Fiscal Nro. RNO/DF/ 98/000101 de fecha 25 de mayo de 1998, notificada en esa misma fecha, en materia de impuesto al consumo suntuario y a las ventas al mayor, la cual se ANULA conforme a los términos expuestos en la presente decisión.

Palabras clave

actos administrativosimpuestoinconstitucionalidadnotificaciónderecho tributariodefensavicios

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