La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso de nulidad interpuesto por el abogado Jesús José Ollarves Irazabal, quien fue destituido de su cargo como Juez Presidente de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones. La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial había declarado sin lugar el recurso de reconsideración presentado por Ollarves. La Sala concluyó que el abogado incurrió en abuso de autoridad al no separarse del conocimiento de la causa tras la recusación planteada, lo que infringió el principio de transparencia y las disposiciones legales pertinentes.
Extracto de la motiva
Corresponde a la Sala decidir el recurso de nulidad incoado por los apoderados judiciales del abogado JESÚS JOSÉ OLLARVES IRAZABAL, contra el acto administrativo emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, mediante el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto contra la decisión dictada por esa misma Comisión el 17 de abril de 2008, en virtud del cual se le destituyó del cargo de Juez Presidente de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. La sanción de destitución fue impuesta por haber incurrido en la falta disciplinaria prevista en el numeral 11 del artículo 40 de la Ley de Carrera Judicial por abuso de autoridad, ello por cuanto resolvió la recusación interpuesta contra todos los integrantes de la Sala N° 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, así como la inhibición presentada por uno de los integrantes de la referida Corte, sin pasar los autos a otro tribunal de igual jerarquía y competencia de la misma localidad a los fines de resolver la incidencia planteada, como lo establecen los artículos 46 y 47 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
Dispositiva
En atención a los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso de nulidad incoado por los apoderados judiciales del abogado JESÚS JOSÉ OLLARVES IRAZABAL contra el acto administrativo emanado de la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL en fecha 06 de agosto de 2008, por el cual se declaró sin lugar el recurso de reconsideración interpuesto por la parte actora y, por ende, se confirmó la sanción de destitución impuesta al accionante. En consecuencia, queda firme el acto impugnado.
Palabras clave
nulidaddestituciónabuso de autoridadrecusacióntransparencia