Sentencia N° 401 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de marzo de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00401, Exp. 2009-0683, 31/03/2011
Expediente2009-0683
PonenteTRINA OMAIRA ZURITA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2011-03-30
DecisiónImprocedente

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró improcedente la acción de protección de derechos colectivos y difusos interpuesta por un grupo de ciudadanos contra varios entes del Estado, alegando el deterioro de la Carretera Panamericana. La Sala consideró que los demandantes no especificaron claramente las pretensiones y no demostraron adecuadamente el incumplimiento de las obligaciones por parte de los demandados. A pesar de la improcedencia, se exhortó al Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones a realizar las acciones necesarias para mejorar la situación de la carretera.

Extracto de la motiva

La Sala advierte que la parte actora no formuló de manera explícita en su escrito libelar la pretensión que persigue sea acogida o tutelada por este Órgano Jurisdiccional, sino que se limitó a exponer la situación del problema que plantea, el supuesto incumplimiento de competencias legalmente atribuidas al hoy Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones, al Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre, al Alcalde del Municipio Libertador del Distrito Capital y al Presidente de La Electricidad de Caracas; así como a invocar una serie de preceptos constitucionales que contemplan una diversidad de derechos que, en su totalidad, tampoco relacionaron con los hechos aducidos.

Dispositiva

En virtud de los fundamentos que anteceden, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la acción ejercida por los ciudadanos JANIA JOSEFINA NORIEGA URBANEJA, SAIDA PIETERS, NÉLIDA OROPEZA DE ROMERO, IRLEN ROMERO, JOSÉ CRESPO, MARÍA LUCINDA CABRAL DE FERNÁNDEZ, LUIS TORRES, ARYMAR SIERRA, WINSTHON JOSÉ DÍAZ, GUSTAVO RODRÍGUEZ, GUSTAVO R. RODRÍGUEZ, ANGÉLICA GARCÍA, ÍTALO DI LISIO, LINDA DÍAZ, LINDA AGUAJE, KELLY ZAMBRANO, MIREYA GUTIÉRREZ, JERY NARANJO, DAISY VILLARTE, LOGOBALDO HERNÁNDEZ, MARÍA TORRES, MARLENE CAPOTE, RAMÓN IGLESIAS, JUAN CARLOS GONCALVES, BELKIS SOTO, MARLENE GARCÍA, LUCÍA MARTÍNEZ, MARÍA CALDERÓN, YOLACIS GONZÁLEZ, INGRID TRÍAS, CARMEN GÓMEZ, TRINA MARÍN, PATRICIA TOVAR, OSCAR GONZÁLEZ, HUMBERTO BRICEÑO, MAYLEN LEARDI, ROBERT REYES, FERNANDO HERNÁNDEZ, EFRAÍN TOVAR y ARGENIS DÍAZ MACHADO, “contra los ciudadanos (…) Ministro del Poder Popular para las Obras Públicas y Vivienda, (…) Presidente del Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), (…) Alcalde del Municipio Libertador, y (…) Presidente de la Compañía Electricidad de Caracas”. Se EXHORTA al Ministro del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones a ejecutar las acciones de control y correctivas necesarias a fin de verificar que se estén realizando los mencionados trabajos de mantenimiento y mejora del corredor vial conocido como Carretera Panamericana.

Palabras clave

derechos colectivosservicios públicosjurisdicciónacción de nulidadLey Orgánica del Tribunal Supremo de JusticiaCarretera Panamericanaprotección judicial

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