Sentencia N° 401 — Sala Político Administrativa del TSJ, 28 de febrero de 2002
TSJ/SPA, Sent. N° 00401, Exp. 01-0832, 05/03/2002
Expediente01-0832
PonenteLEVIS IGNACIO ZERPA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoDesistido
Fecha de la decisión2002-02-28
DecisiónHomologado el desistimiento
Resumen
La abogada Diana Elena Hernández Fuenmayor, en representación de M.T.M & ASOCIADOS, solicitó la homologación del desistimiento del procedimiento contra el FONDO DE GARANTIA DE DEPOSITOS Y PROTECCIÓN BANCARIA. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, tras verificar la capacidad de la apoderada y que el desistimiento no contraviene el orden público, decidió homologar dicho desistimiento. La decisión fue firmada por el Magistrado Levis Ignacio Zerpa y se ordenó la notificación a la Procuradora General de la República.
Extracto de la motiva
Conforme a la transcripción anterior, observa la Sala que la representante judicial de la sociedad mercantil M.T.M & ASOCIADOS, VENTA Y PROMOCIÓN RADIAL, COMPAÑÍA ANÓNIMA, ha declarado a esta Sala, de manera expresa, su intención de desistir del presente procedimiento, facultad ésta que se encuentra prevista en el documento poder que en original cursa a los folios cinco (5) y seis (6) del expediente, con lo cual se constata su capacidad para ello; y visto que dicho desistimiento no es contrario al orden público ni se encuentra expresamente prohibido por la Ley, debe esta Sala a tenor de lo pautado en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establecido en el artículo 88 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, homologar el desistimiento formulado. Así se declara.
Dispositiva
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político-Administrativa, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO del procedimiento efectuado por la representación judicial de la sociedad mercantil M.T.M & ASOCIADOS, VENTA Y PROMOCIÓN RADIAL, COMPAÑÍA ANÓNIMA. Publíquese y regístrese. Notifíquese de la presente decisión a la Procuradora General de la República. Una vez practicada la notificación ordenada, archívese el expediente. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
desistimientoprocedimientohomologacióncontencioso-administrativorepresentación judicialLey Orgánica de la Corte Suprema de JusticiaCódigo de Procedimiento Civil