La sentencia se refiere a un recurso de hecho interpuesto por Eglee del Valle Reyes Coll contra una decisión de la Corte Superior que declaró inadmisible un recurso de apelación. La Sala Político-Administrativa, tras analizar los argumentos presentados, concluye que no es el tribunal competente para conocer del recurso, por lo que declina la competencia a la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia. La decisión se fundamenta en la normativa aplicable y en la necesidad de remitir el expediente al tribunal correspondiente.
Extracto de la motiva
En virtud de los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley DECLINA LA COMPETENCIA para conocer del presente recurso en la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, a cuya sede se ordena la remisión inmediata del presente expediente.
Dispositiva
Declina la competencia para conocer del presente recurso en la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, a cuya sede se ordena la remisión inmediata del presente expediente.
Palabras clave
recurso de hechoapelacióncompetenciatribunaldecisiónjusticiaadministrativapenal