Sentencia N° 40 — Sala Político Administrativa del TSJ, 10 de enero de 2006

TSJ/SPA, Sent. N° 00040, Exp. 2005-5564, 11/01/2006
Expediente2005-5564
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoAvocamiento
Fecha de la decisión2006-01-10
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto negativo de competencia planteado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro-Occidental, en relación a una demanda de indemnización por daños y perjuicios interpuesta por Alba Dinora Méndez contra Robert Andrade. La Sala determinó que la competencia correspondía al Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, dado que la demanda se dirigía a un particular a título personal y no contra la administración pública.

Extracto de la motiva

La accionante a los fines de fundamentar la demanda interpuesta contra el prenombrado ciudadano, señaló que el 15 de junio de 2004, recibió Oficio emanado del Director General Sectorial de Salud mediante el cual se le informó del “Revocamiento de su Nombramiento” como Médico Especialista I, en la Unidad de Hematología del Hospital Central Antonio María Pineda; y en consecuencia su “desincorporación al cargo que venía desempeñando”; asimismo expresó que lo acaecido, “obedeció única y exclusivamente a la evaluación realizada por el Dr. Robert Andrade – quien se desempeñaba como Jefe del Servicio de Hematología del referido Hospital-, la cual es írrita, toda vez que no cumplió con los parámetros establecidos para dichas evaluaciones…, más aun cuando – a su decir- en esta evaluación, dicho ciudadano ‘solicitó que me fuera revocado el cargo’”. Adicionalmente señaló la actora, que habiendo sido reincorporada al cargo que desempeñaba en la referida Institución, por el acto dictado el 6 de agosto de 2004 por el “Director General Sectorial de Salud”, es evidente que la revocatoria de su nombramiento fue “un hecho caprichoso no de la Administración sino de un Funcionario de ésta actuando de manera personal”, por lo que demanda al prenombrado ciudadano a título personal y no en su condición de Jefe del Servicio de Hematología del Hospital Central Antonio María Pineda, por los daños y perjuicios económicos y morales que reclama en la presente acción.

Dispositiva

1.- ACEPTA LA COMPETENCIA para conocer el conflicto negativo de competencia planteado. 2.- Que corresponde al JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, la competencia para conocer la demanda que por daños y perjuicios interpusiera la ciudadana ALBA DINORA MÉNDEZ, asistida por el abogado Rubén Darío Rodríguez, contra el ciudadano ROBERT ANDRADE, antes identificados. En consecuencia remítase el expediente al referido Tribunal, a los fines señalados en este fallo.

Palabras clave

indemnizacióndaños y perjuiciosconflicto de competenciajurisdicción civilrevocación de nombramientofuncionario públicoresponsabilidad civil

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca