Sentencia N° 399 — Sala Político Administrativa del TSJ, 29 de junio de 2017

TSJ/SPA, Sent. N° 00399, Exp. 2014-0651, 04/07/2017
Expediente2014-0651
PonenteMARÍA CAROLINA AMELIACH VILLAROEL
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2017-06-29
DecisiónINADMISIBLE

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto por el abogado José Francisco Contreras Millán en representación de Homero Antonio Faría, quien actuaba como Presidente de Seguros Banvalor, C.A. La decisión se basa en la falta de cualidad del demandante para interponer la demanda de nulidad contra la intervención de la empresa, ya que esta había sido designada a una Junta Interventora. La Corte concluye que, tras el fallecimiento de Faría, los poderes conferidos por él cesaron, lo que imposibilita su representación en el juicio.

Extracto de la motiva

La Sala considera que, al haber fallecido el ciudadano Homero Antonio Faría el 21 de junio de 2011, los poderes conferidos por él a sus apoderados cesaron, lo que implica que no puede actuar en juicio en nombre de la empresa intervenida. La intervención de la Superintendencia de la Actividad Aseguradora implica que las facultades de administración y representación de la empresa pasan a la Junta Interventora, por lo que el demandante carece de legitimidad para recurrir en nombre de Seguros Banvalor, C.A. La decisión de inadmisibilidad se fundamenta en la normativa aplicable y en la falta de identidad lógica entre el demandante y la entidad a la que se le otorga la acción correspondiente.

Dispositiva

Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto en fecha 28 de abril de 2014, contra la sentencia N° 2014-0260 del 18 de febrero 2014, proferida por la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, mediante la cual se declaró sin lugar la demanda contencioso administrativa de nulidad ejercida conjuntamente con amparo cautelar y solicitud subsidiaria de medida cautelar de suspensión de efectos, contra la Resolución N° FSS-2-002716, de fecha 22 de septiembre de 2010, dictada por el Superintendente de la Actividad Aseguradora.

Palabras clave

NulidadIntervenciónSeguros BanvalorSuperintendencia de la Actividad Aseguradora

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