La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción del Poder Judicial en un caso de indemnización de daños y perjuicios entre COTEVAL, C.A. y C.A. GOODYEAR DE VENEZUELA. El Juzgado Primero de Primera Instancia había declarado la falta de jurisdicción, argumentando que las partes habían acordado dirimir sus controversias mediante arbitraje. La Sala confirmó esta decisión, destacando la importancia del arbitraje como medio alternativo de resolución de conflictos según la Constitución venezolana.
La sentencia se basa en la cláusula de arbitraje del contrato entre las partes, que estipula que cualquier controversia sería resuelta por un tribunal arbitral. La Sala enfatizó que el Poder Judicial no tiene jurisdicción para conocer de la demanda, ya que corresponde a un tribunal arbitral decidir sobre el asunto. La decisión reafirma la autonomía de la voluntad de las partes en la elección del mecanismo de resolución de conflictos.
Finalmente, la Sala confirmó la sentencia del Juzgado de Primera Instancia, ordenando la remisión del expediente al tribunal correspondiente para su conocimiento y decisión en arbitraje.
Extracto de la motiva
De esta manera, en aplicación de la Ley y de los criterios jurisprudenciales expuestos, esta Sala debe declarar que el Poder Judicial no tiene jurisdicción pues la acción planteada debe ser admitida, sustanciada y decidida por un tribunal arbitral. En consecuencia, se confirma la sentencia dictada por el Juzgado remitente el 27 de noviembre de 2017. Así se declara.
Dispositiva
Declara: que EL PODER JUDICIAL NO TIENE JURISDICCIÓN para conocer y decidir la demanda por indemnización de daños y perjuicios incoada por la sociedad mercantil COTEVAL, C.A., contra la empresa C.A. GOODYEAR DE VENEZUELA. En consecuencia, se CONFIRMA la sentencia de fecha 27 de noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, mediante la cual declaró la falta de jurisdicción del Poder Judicial respecto al arbitraje.