Sentencia N° 3963 — Sala Político Administrativa del TSJ, 7 de junio de 2005

TSJ/SPA, Sent. N° 03963, Exp. 2002-0526, 09/06/2005
Expediente2002-0526
PonenteHADEL MOSTAFÁ PAOLINI
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2005-06-07
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la competencia para conocer un recurso de nulidad interpuesto por los apoderados de Rosa Consolación Pineda y Richard Armas contra una resolución administrativa del Ministerio del Trabajo. La Sala determinó que la competencia corresponde a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, y en este caso, al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital. Se ordenó remitir el expediente al tribunal competente para su conocimiento y decisión.

Extracto de la motiva

Como quedó descrito supra, esta Sala mediante sentencia No. 00541, del 1° de junio de 2004, acordó diferir el pronunciamiento respecto a cuál es el tribunal competente para conocer el presente recurso de nulidad ejercido contra un acto emanado de una Inspectoría del Trabajo. Ahora bien, en consideración a que el criterio de este Máximo Tribunal actualmente vigente en dicha materia, establece que esa competencia corresponde a los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa, y dentro de ella, particularmente en primera instancia, a los Juzgados Superiores de lo Contencioso Administrativo Regionales, es por tal razón que esta Sala, atendiendo al caso de autos, observa que se ha ejercido un recurso de nulidad contra la Resolución Administrativa N° 4.373 de fecha 24 de agosto de 1993, emanada de la DIRECCIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO, la cual a su vez confirmó la Providencia Administrativa s/n de fecha 15 de febrero de ese mismo año, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA, que declaró con lugar la solicitud de calificación de despido formulada por la sociedad mercantil CARTONAJES FLORIDA, C.A.; siendo procedente declarar competente para conocer el caso al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, que corresponda previa distribución. Así se declara.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara que la COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Tulio Jiménez Rodríguez y Mildred Beatriz Galíndez Badell, actuando con el carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos ROSA CONSOLACIÓN PINEDA y RICHARD ARMAS, antes identificados, contra la Resolución Administrativa N° 4.373 de fecha 24 de agosto de 1993, emanada de la DIRECCIÓN GENERAL DEL MINISTERIO DEL TRABAJO, la cual a su vez confirmó la Providencia Administrativa s/n de fecha 15 de febrero de ese mismo año, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DE LOS MUNICIPIOS PLAZA Y ZAMORA DEL ESTADO MIRANDA, que declaró con lugar la calificación de despido intentada por la sociedad mercantil CARTONAJES FLORIDA, C.A., contra los mencionados ciudadanos, corresponde al Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital que, en virtud del procedimiento de distribución de causas, le sea asignado. Así se declara. En consecuencia, se ordena remitir el expediente al Juzgado declarado competente.

Palabras clave

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