La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre su competencia para conocer una demanda por resolución de contrato de compraventa interpuesta por Técnicos de Concreto Teconsa, S.A. contra el Banco de Fomento Regional Los Andes, C.A. La Sala determinó que la demanda cumplía con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, lo que le confería competencia para conocer el caso. Se ordenó la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación para la admisión de la demanda.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala pronunciarse acerca de su competencia para conocer la presente demanda, con ocasión a la sentencia dictada el 12 de abril de 2005, por la Sala de Casación Civil de este Supremo Tribunal. Al respecto observa: En el fallo antes mencionado, la Sala de Casación Civil casó de oficio la sentencia dictada el 03 de julio de 2002, por el Juzgado Superior Octavo en lo Civil y Mercantil-Bancario, con Competencia Nacional y anuló el “acto de admisión de la demanda”, así como todo lo actuado con posterioridad a ésta, incluyendo la sentencia dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil-Bancario, con Competencia Nacional, el 05 de abril de 2002, y la sentencia recurrida en casación, por considerar infringida la norma atributiva de competencia de esta Sala Político Administrativa, contenida en el ordinal 15 del artículo 42 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia, vigente para el momento de interposición de la acción. Asimismo, ordenó la reposición de la causa al estado de que esta Sala se pronuncie sobre la admisión, y de ser el caso, sustancie y resuelva el presente asunto.
Dispositiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: Su COMPETENCIA para conocer la “demanda por resolución de contrato de compra-venta”, interpuesta por los abogados León Henrique Cottín, Beatriz Abraham, Alexander Preziosi y Alfredo Abou-Hassan, antes identificados, actuando con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil TÉCNICOS DE CONCRETO TECONSA, S.A., contra la sociedad mercantil BANCO DE FOMENTO REGIONAL LOS ANDES, C.A. (BANFOANDES). En consecuencia, se ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación a los fines de la admisión de la demanda, con prescindencia del análisis sobre la competencia, ya decidida en el presente fallo.
Palabras clave
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