El abogado Jesús Alberto Berro Velásquez interpuso un recurso contencioso administrativo de nulidad contra actos administrativos que resultaron en su destitución como Juez. La Sala Político-Administrativa del TSJ, tras analizar los antecedentes y las alegaciones del recurrente, decidió declarar sin lugar el recurso, confirmando la sanción impuesta por la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial. La Sala también ordenó evaluar si el recurrente cumplía con los requisitos para el beneficio de jubilación.
Extracto de la motiva
Atendiendo a los razonamientos antes señalados, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: 1. SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por el abogado JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ contra el acto administrativo contenido en la Decisión dictada el 1° de febrero de 2007 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, a través de la cual resolvió, entre otros aspectos, “…SIN LUGAR el recurso de reconsideración (…), contra la decisión dictada por esta instancia el 1° de noviembre de 2006 y publicada el 7 del mismo mes y año, mediante el cual se le impuso la sanción de destitución del cargo de Juez Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y de cualquier otro que ejerciera dentro del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 40, numeral 16 de la Ley de Carrera Judicial, decisión que se confirma…”. En consecuencia, queda FIRME el acto impugnado.
Dispositiva
SIN LUGAR el recurso de nulidad ejercido por el abogado JESÚS ALBERTO BERRO VELÁSQUEZ contra el acto administrativo contenido en la Decisión dictada el 1° de febrero de 2007 por la COMISIÓN DE FUNCIONAMIENTO Y REESTRUCTURACIÓN DEL SISTEMA JUDICIAL, a través de la cual resolvió, entre otros aspectos, “…SIN LUGAR el recurso de reconsideración (…), contra la decisión dictada por esta instancia el 1° de noviembre de 2006 y publicada el 7 del mismo mes y año, mediante el cual se le impuso la sanción de destitución del cargo de Juez Quinto de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, y de cualquier otro que ejerciera dentro del Poder Judicial, de conformidad con lo establecido en el artículo 40, numeral 16 de la Ley de Carrera Judicial, decisión que se confirma…”.
Palabras clave
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