La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto por la sociedad mercantil Sural, C.A. y el ciudadano Alfredo Riviere Villamizar, quienes alegaban que la jurisdicción correspondía a un juez extranjero debido a que el pagaré fue suscrito en Puerto Rico. Sin embargo, el tribunal determinó que, dado que todos los demandados tienen domicilio en Venezuela, el Poder Judicial venezolano tiene jurisdicción para conocer la demanda. La sentencia del Juzgado Sexto de Primera Instancia que declaró sin lugar la cuestión previa fue confirmada.
Extracto de la motiva
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala Político-Administrativa emitir un pronunciamiento con relación al recurso de regulación de jurisdicción interpuesto, de acuerdo a la competencia que le ha sido atribuida en los artículos 23, numeral 20 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; 26, numeral 19 de la Ley Orgánica de Reforma de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia y 59 y 66 del Código de Procedimiento Civil, para lo cual observa: De la revisión de las actas procesales se verifica que el caso de autos se circunscribe a una demanda por cobro de bolívares interpuesta por la abogada Adriana Padilla Alfonzo, antes identificada, actuando como Presidenta del Escritorio Jurídico- Financiero Padilla & Asociados, en su condición de cesionario de un (1) pagaré signado con el número 10600000622, contra: i) el ciudadano Mervin José Santiago Da Silva, ya identificado, actuando en nombre y representación de la sociedad mercantil Comercial y Técnica del Aluminio, Cta, C.A., “en su carácter de emitente del referido pagaré”; ii) el ciudadano Alfredo Riviere Villamizar, antes identificado; y iii) la sociedad mercantil
Dispositiva
Se declara SIN LUGAR el recurso de regulación de jurisdicción interpuesto el 23 de mayo de 2022. Se confirma la sentencia dictada el 19 de mayo de 2022 por el Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario. Se condena en costas procesales a la sociedad mercantil SURAL, C.A. y al ciudadano ALFREDO RIVIERE VILLAMIZAR.