Sentencia N° 392 — Sala Político Administrativa del TSJ, 30 de marzo de 2011

TSJ/SPA, Sent. N° 00392, Exp. 2010-0781, 31/03/2011
Expediente2010-0781
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2011-03-30
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia N° 00392, revocó parcialmente la decisión del Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIOS ISAN, C.A. La Sala confirmó la multa impuesta por la Administración Tributaria por emitir facturas sin cumplir con los requisitos legales, estableciendo que la sanción debía ser calculada conforme a las normas del Código Orgánico Tributario. Además, se revocó la sanción por la notificación extemporánea del cambio de domicilio fiscal, al coincidir con la información del Registro de Información Fiscal.

Extracto de la motiva

La Sala observa que la figura del delito continuado prevista en el artículo 99 del Código Penal, es una ficción legal, que tiene como finalidad el aumento del cálculo de la pena de un delito considerado único, que presupone que la serie de múltiples actos antijurídicos violatorios de una misma disposición legal desarrollados por el sujeto agente, sean ejecutivos de una única resolución o designio, de una única intencionalidad, lo que en realidad no ocurre en materia de infracciones tributarias por incumplimiento de deberes formales en lo que se refiere al Impuesto al Valor Agregado, toda vez que cada período mensual es autónomo, aislado uno del otro y genera sus propias consecuencias, por lo que no puede considerarse que exista una única intencionalidad del contribuyente infractor, dada la manera en que se verifica la temporalidad del hecho imponible en este tipo de impuesto.

Dispositiva

1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación del FISCO NACIONAL, contra la sentencia Nº 1487 dictada por el Tribunal Superior Tercero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 31 de mayo de 2010, la cual se REVOCA en lo referente a aplicación de las reglas del delito continuado en casos de sanciones por incumplimiento de deberes formales. 2.- QUE PROCEDE la consulta de la sentencia recurrida sobre el punto que resultó desfavorable a las pretensiones de la República. En consecuencia, se CONFIRMA del fallo consultado el pronunciamiento relativo a la revocatoria de la sanción de multa impuesta por realizar en forma extemporánea la notificación del cambio de su domicilio fiscal. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad de comercio LABORATORIOS ISAN, C.A., por lo que queda FIRME la multa impuesta a su cargo por emitir facturas sin cumplir con las formalidades legales y reglamentarias, por la cantidad de seiscientas setenta y cuatro con cincuenta unidades tributarias (674,50 U.T.). 4.- FIRME por no haber sido apelado por la contribuyente y no desfavorecer al Fisco Nacional, lo decidido por el tribunal a quo respecto a la improcedencia de los alegatos esgrimidos.

Palabras clave

Contencioso TributarioImpuesto al Valor AgregadoSancionesDelito Continuado

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