La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado por el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, que se declaró incompetente para conocer un recurso de nulidad interpuesto por Niria Margarita González Maya y Luis Augusto Garrido Sosa contra un acto administrativo del Alcalde del Municipio San Felipe. La Sala decidió no aceptar la declinatoria de competencia y ordenó la devolución del expediente al Juzgado Superior, considerando que este último era el competente para conocer del recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto.
Extracto de la motiva
La Sala Político-Administrativa reconoce su competencia para conocer de los conflictos de competencia que surjan entre los tribunales de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. En este caso, se evidenció un conflicto negativo de competencia entre el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe y el Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Norte, ambos declarando su incompetencia. La Sala, al analizar la naturaleza del recurso de nulidad interpuesto, concluyó que el Juzgado Superior era el competente para conocer del mismo, por lo que se ordenó la remisión del expediente a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia para que resolviera el conflicto planteado.
Dispositiva
1. INCOMPETENTE para conocer el recurso contencioso administrativo de anulación interpuesto por los ciudadanos Niria Margarita González Maya y Luis Augusto Garrido Sosa, contra el acto administrativo dictado el 19 septiembre 2008 por el Alcalde del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy. 2. ORDENA remitir el presente expediente constante de sesenta y tres (63) folios útiles a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
Palabras clave
conflicto de competenciarecurso de nulidadactos administrativos