DecisiónSe ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Zazpiak Inversiones, C.A. contra varios actos administrativos del Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas y del Alcalde de dicha entidad. La decisión se fundamenta en la necesidad de revisar la petición cautelar de amparo constitucional, considerando que no se verifican causales de inadmisibilidad en el recurso presentado. La Sala también solicitó información sobre la vigencia y situación actual de la orden de adquisición forzosa del inmueble en cuestión.
Dispositiva
1.- Se ADMITE, a los solos efectos de su trámite y verificación por parte del Juzgado de Sustanciación de la Sala en lo atinente a la caducidad de la acción, el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil ZAZPIAK INVERSIONES, C.A., contra los actos administrativos contenidos en: 1) el Acuerdo N° 13-2006 del 23 de febrero de 2006 dictado por el Cabildo del Distrito Metropolitano de Caracas, publicado en la Gaceta Oficial N° 0050 Extraordinario de dicho Distrito en esa misma fecha, 2) el Acuerdo N° 87-2006 del 1° de agosto de 2006 emitido por el prenombrado Cabildo, publicado en la Gaceta Oficial N° 00146 de ese Distrito el 10 de agosto de 2006 y 3) el Decreto N° 000594 del 17 de agosto de 2007, proferido por el Alcalde del DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, publicado en la Gaceta Oficial N° 00214 de dicho Distrito del 20 de agosto de 2007.