Sentencia N° 386 — Sala Político Administrativa del TSJ, 16 de abril de 2013

TSJ/SPA, Sent. N° 00386, Exp. 2012-0407, 17/04/2013
Expediente2012-0407
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2013-04-16
DecisiónDesistida

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre el desistimiento de la controversia administrativa planteada por el Concejo del Municipio Libertad Capacho Viejo del Estado Táchira contra la Contraloría General de la República. La controversia se originó por el incumplimiento de los artículos del Reglamento de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República. La Sala determinó que la parte actora no cumplió con la carga procesal de retirar el cartel de emplazamiento en el tiempo establecido, lo que llevó a declarar el desistimiento tácito de la controversia administrativa.

Extracto de la motiva

Corresponde a esta Sala pronunciarse respecto al retiro, publicación y consignación del cartel de emplazamiento, ordenado en el auto de admisión de fecha 26 de abril de 2012, conforme con lo dispuesto en los artículos 80 y 81 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales prevén lo siguiente: “Artículo 80. En el auto de admisión se ordenara la notificación de los interesados mediante un cartel que será publicado en un diario que indicará el tribunal, para que comparezcan a hacerse parte e informarse de la oportunidad de la audiencia de juicio. El cartel será librado el día siguiente a aquél en que conste en autos la última de las notificaciones ordenadas. En los casos de nulidad de actos de efectos particulares no será obligatorio el cartel de emplazamiento, a menos que razonadamente lo justifique el tribunal. Artículo 81. El demandante deberá retirar el cartel de emplazamiento dentro de los tres días de despacho siguientes a su emisión, lo publicará y consignará la publicación, dentro de los ocho días de despacho siguientes a su retiro. El incumplimiento de las cargas antes previstas, dará lugar a que el tribunal declare el desistimiento del recurso y ordene el archivo del expediente, salvo que dentro del lapso indicado algún interesado se diera por notificado y consignara su publicación”. De las normas parcialmente transcritas se desprende que la parte actora disponía de un lapso de tres (3) días de despacho siguientes a la fecha de su emisión para retirar el cartel de emplazamiento, y de ocho (8) días para su publicación y consignación. En caso de no cumplir con la carga procesal de retirar el cartel librado por el Juzgado de Sustanciación en el tiempo mencionado, la consecuencia sería la declaratoria de desistimiento del recurso interpuesto.

Dispositiva

Atendiendo a los razonamientos precedentemente expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDA la controversia administrativa planteada entre el CONCEJO DEL MUNICIPIO LIBERTAD CAPACHO VIEJO DEL ESTADO TÁCHIRA y la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Publíquese, regístrese y comuníquese. Agréguese copia certificada de esta sentencia al cuaderno separado N° X-2012-0043. Archívese este expediente y el mencionado cuaderno. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

controversia administrativadesistimientomedida cautelarcontraloríajurisdicción contencioso administrativa

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