La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Omar Gustavo Querales contra la Resolución N° 01-00-000297 del 12 de noviembre de 2007, que confirmó la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo de Legislador Principal del Estado Portuguesa por un período de seis meses. La Sala consideró que la sanción fue impuesta de acuerdo a la normativa vigente y que se garantizó el derecho a la defensa del recurrente durante el proceso administrativo. Además, se concluyó que la sanción no violó el principio de proporcionalidad, ya que fue menor al máximo permitido por la ley.
Extracto de la motiva
Corresponde a esta Sala decidir el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el ciudadano Omar Gustavo Querales, asistido de abogado; no obstante, previo a dicho pronunciamiento considera necesario referirse a la solicitud presentada por la representación judicial de la Contraloría General de la República en el acto de informes referida al decaimiento del objeto de la acción ejercida. Al respecto, se observa lo siguiente: Alega el representante judicial del Órgano Contralor, que según se evidencia del Acta N° 32 de fecha 5 de junio de 2008, emanada del Consejo Legislativo del Estado Portuguesa, la sanción impuesta al recurrente comenzó desde esa misma fecha hasta el 5 de diciembre de ese año, razón por la cual solicita se declare el decaimiento del recurso de nulidad de autos. Tal petición, lleva a esta Sala a concluir que a la presente fecha, la sanción de suspensión del cargo de Legislador Principal del Estado Portuguesa por un período de seis (6) meses impuesta al recurrente, ya se ha cumplido íntegramente lo que, en efecto, conduciría a declarar en principio el decaimiento del objeto del presente recurso. Sin embargo, lo anterior no obsta a que la Sala advierta que uno de los argumentos esgrimidos por el recurrente se refiere a la violación del principio de proporcionalidad, por considerar que el hecho por el cual le fue impuesta la sanción no produjo daño alguno al patrimonio público; pues si bien autorizó con su voto el pago de dietas y gastos de representación a los diputados del Cuerpo Legislativo regional, incluyendo a su persona, no es menos cierto, que tal como lo reconoce el acto administrativo impugnado dichos pagos fueron reintegrados en su totalidad (…) según planilla de liquidación No. 20040000´00B4121, expedido por la Dirección de Administración Financiera de la Gobernación del Estado Portuguesa…
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos expresados, esta Sala Político-Administrativa Accidental del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos ejercido por el ciudadano OMAR GUSTAVO QUERALES, asistido de abogado, contra la Resolución N° 01-00-000297 del 12 de noviembre de 2007, dictada por el CONTRALOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, que confirmó la Resolución N° 01-00-000169 de fecha 18 de julio de 2007, emanada del mencionado Órgano Contralor, en la cual se impuso al recurrente la sanción de suspensión en el ejercicio del cargo de Legislador Principal del Estado Portuguesa por un período de seis (6) meses. En consecuencia, queda FIRME la aludida Resolución N° 01-00-000297.
Palabras clave
sanciónsuspensiónLegislador PrincipalControversia Administrativa