Sentencia N° 381 — Sala Político Administrativa del TSJ, 4 de abril de 2018

TSJ/SPA, Sent. N° 00381, Exp. 2012-0861, 05/04/2018
Expediente2012-0861
PonenteINOCENCIO ANTONIO FIGUEROA ARIZALETA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2018-04-04
DecisiónSin Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decidió sobre el recurso contencioso tributario interpuesto por Mediterranean Shipping Company de Venezuela, C.A. contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo del Municipio Chacao. La sentencia del Tribunal Superior Noveno había declarado parcialmente con lugar el recurso, pero la Sala revocó dicha decisión en lo concerniente a la clasificación de las operaciones de la recurrente, considerando que no se encuadraban en el Grupo XVI de actividades de transporte y servicios relacionados, sino en el Grupo XXIV de actividades de servicios. Finalmente, se declaró sin lugar el recurso contencioso tributario y se condenó en costas a la empresa recurrente.

Extracto de la motiva

Definido así el debate, en los términos precedentemente expuestos por las partes, este Tribunal aprecia que, en el caso sub iudice, la discusión se concentra en dilucidar la procedencia de la solicitud de nulidad de la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo número 4236/08/11 (sic), dictada el 2 de agosto de 2011, por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado [Bolivariano de] Miranda, notificada el 7 de septiembre de 2011, mediante la cual se confirmó un reparo formulado a la recurrente en materia de Impuesto a las (sic) Actividades Económicas correspondiente a los años 2007, 2008, 2009 y 2010, así como también, multas, las (sic) cuales en su conjunto ascienden a la cantidad de QUINIENTOS ONCE MIL CUATROCIENTOS VEINTE BOLÍVARES CON OCHENTA CÉNTIMOS (BsF. (sic) 511.420,80). De esta forma, se puede observar que la recurrente fundamenta su pretensión de nulidad de la Resolución número 4236/08/11 (sic), dictada el 2 de agosto de 2011, emanada de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, mediante los siguientes argumentos: i) Falso supuesto por cuanto las actividades desplegadas por ella sí se corresponden con el grupo de actividades XVI: relativas (sic) a actividades de transporte y servicios relacionados con éste, previstas en la Ordenanza sobre Actividades Económicas del Municipio Chacao del Estado Miranda [de 2005], ii) Violación al principio de irretroactividad previsto en los artículos 24 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 11 y 82 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos y 237 del Código Orgánico Tributario [de 2001] e improcedencia de la liquidación de supuestas diferencias de impuesto a cargo de la misma, iii) Improcedencia de las multas que le fueron impuestas; y iv) Error de Derecho Excusable que operaría como circunstancia Eximente de [la] Responsabilidad Penal Tributaria, ya que en el supuesto negado que se considere que la recurrente debió aplicar el Código XXIV correspondiente a servicios, para determinar sus obligaciones tributarias, es necesario considerar que la empresa no actuó movida por un capricho o una interpretación ajena a parámetros de razonabilidad, sino sobre la base de una interpretación gramatical de normas.

Dispositiva

Se declara SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con acción de amparo cautelar por la sociedad de comercio MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY DE VENEZUELA, C.A., contra la Resolución Culminatoria del Sumario Administrativo Nro. L/236/08/2011 del 2 de agosto de 2011, emitida por la Dirección de Administración Tributaria de la Alcaldía del precitado ente político-territorial, la cual queda FIRME. Se CONDENA EN COSTAS PROCESALES a la empresa accionante, en los términos expuestos en esta decisión judicial.

Palabras clave

recurso contenciosoimpuestoactividades económicasnulidadirretroactividadsancionesadministración tributaria

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