Sentencia N° 381 — Sala Político Administrativa del TSJ, 24 de abril de 2012

TSJ/SPA, Sent. N° 00381, Exp. 2012-0366, 24/04/2012
Expediente2012-0366
PonenteEMIRO GARCÍA ROSAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2012-04-24
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre un conflicto de competencia planteado entre la Corte de Apelaciones y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, en relación a una demanda por cumplimiento de contrato de ejecución de obra interpuesta por la sociedad mercantil Constructora Santa Cruz, C.A. contra el Estado Amazonas. La Sala determinó su competencia para conocer del caso, dado que el monto del contrato superaba las setenta mil unidades tributarias, cumpliendo así con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.

Extracto de la motiva

La Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa dispone el régimen de competencias atribuido a esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia en su artículo 23.19, que reza: ‘Artículo 23. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia es competente para conocer de: ...omissis...’. Asimismo, dicha competencia fue establecida en el artículo 26.19 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, el cual es del siguiente tenor: ‘Artículo 26. Son competencias de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia: ...omissis...’. Se evidencia que las referidas leyes determinan el mismo régimen competencial del Código de Procedimiento Civil, de aplicación supletoria de conformidad con los artículos 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y 98 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia. En el presente caso se ha planteado un conflicto negativo de competencia entre la Corte de Apelaciones Accidental en lo Penal, Responsabilidad Penal Adolescente, Civil, Mercantil, Tránsito, Protección de Niños, Niñas y Adolescentes y Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Amazonas y la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo, para conocer de la demanda ‘por cumplimiento de contrato’ interpuesta, razón por la cual, esta Sala Político Administrativa -siendo la cúspide de la jurisdicción contencioso administrativa, a la cual pertenecen ambos tribunales- es la competente para conocer del conflicto planteado. Así se declara.

Dispositiva

1.- QUE ES COMPETENTE para resolver el conflicto de competencia suscitado en el presente asunto. 2.- SU COMPETENCIA para conocer y decidir de la demanda por ‘cumplimiento de contrato de ejecución de obra’ ejercida por la sociedad mercantil CONSTRUCTORA SANTA CRUZ, C.A. contra el ESTADO AMAZONAS. En consecuencia, ORDENA remitir el expediente al Juzgado de Sustanciación, para que se pronuncie sobre la admisibilidad de la demanda, con prescindencia de la competencia ya decidida en este fallo.

Palabras clave

conflicto de competenciacumplimiento de contratoEstado Amazonas

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