La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara desistida tácitamente la apelación interpuesta por DISTRIBUIDORA NATIONAL ELECTRIC, C.A. contra la sentencia Nro. 1563 del 22 de septiembre de 2022, que había declarado sin lugar el recurso contencioso tributario. La decisión se basa en el incumplimiento de la parte apelante de presentar el escrito de fundamentación dentro del lapso legal establecido, lo que conlleva a la consecuencia jurídica del desistimiento de la apelación.
Extracto de la motiva
Motivación Técnico Legal, y en virtud de lo pautado en el Artículo 130 de la Ley Orgánica de Aduanas se procede a decidir en los siguientes términos: DISPOSITIVA (...Omissis...) 1. Se recomienda aplicar la Pena de Comiso establecida en el artículo 114 de la Ley Orgánica de Aduanas MIL OCHOCIENTAS NOVENTA Y DOS (1.892) UNIDADES DE AIRES ACONDICIONADOS de 12.000, 9.000 y 6.000 BTU MODELOS W122CA, W121CA, W092CA, W121CM, L02-W061CA Y L02- W092CA, clasificados en el código arancelario 8415.10.10, ADV 15%, al no constar con la Constancia de Registro expedida por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER) del Ministerio de Industrias Ligeras y Comercio N° 1299:2000 indispensable para la importación correspondiente a la Declaración Única de Aduanas C-61898 del 30/07/2012. La mercancía está conten
Dispositiva
Se declara DESISTIDA TÁCITAMENTE la apelación incoada por el representante judicial de la sociedad de comercio DISTRIBUIDORA NATIONAL ELECTRIC, C.A., contra la sentencia definitiva Nro. 1563 del 22 de septiembre de 2022, dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Central, que declaró sin lugar el recurso contencioso tributario ejercido subsidiariamente al recurso jerárquico, interpuesto en fecha 16 de octubre de 2012, por consiguiente, queda FIRME dicho fallo.
Palabras clave
aduanascomisoimportaciónderecho de propiedadreconocimientoSENIAT