DecisiónSe ORDENA la notificación al ciudadano GUILLERMO GONZÁLEZ REGALADO o quien ejerza su representación judicial, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente dicha notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa.
Resumen
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia ordena la notificación al ciudadano Guillermo González Regalado para que manifieste su interés en la continuación del proceso contencioso administrativo. Se destaca la inactividad procesal durante más de 22 años, lo que motiva la necesidad de requerir a la parte apelante su interés en la causa. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia sobre el interés procesal y la tutela judicial efectiva.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR Corresponde a esta Sala resolver el recurso de apelación interpuesto, no obstante, antes de entrar a emitir pronunciamiento alguno, se advierte lo siguiente: De la revisión de las actas procesales se constata que la presente apelación fue ejercida el 22 de septiembre de 1999 y, en fecha 8 de marzo de 2000, tuvo lugar el acto de informes y se dijo “VISTOS”, por lo que la causa se encuentra en estado de sentencia. Sin embargo, se observa que desde esa última fecha hasta la presente han transcurrido más de veintidós (22) años sin que durante ese lapso se hubiese realizado actuación alguna en autos tendente a que se dicte la decisión de mérito, denotando una absoluta inactividad procesal, motivo por el que este Alto Tribunal estima necesario requerir a la parte apelante que manifieste su interés en la continuación de la causa, lo que no sólo es esencial para la interposición de un recurso, sino que debe permanecer a lo largo de todo el proceso, por ser inútil y gravoso, continuar con un juicio en el que no hay interesado (ver sentencias de la Sala Constitucional números 1.153 del 8 de junio de 2006 y 1.097 del 5 de junio de 2007, casos: Andrés Velázquez y otros
Dispositiva
Se ORDENA la notificación al ciudadano GUILLERMO GONZÁLEZ REGALADO o quien ejerza su representación judicial, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, contados a partir de que conste en el expediente dicha notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa.