La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil TAUREL & CÍA. SUCRS. C.A., anulando la resolución del SENIAT que había declarado sin lugar el recurso jerárquico. La Sala concluye que la Administración Aduanera incurrió en falso supuesto de derecho al aplicar la sanción prevista en el artículo 118 de la Ley Orgánica de Aduanas, ya que los contenedores en cuestión no pueden ser considerados mercancías. Se ordena la liquidación de la multa conforme al artículo 121 de la misma ley.
Extracto de la motiva
La Sala considera que la Administración Aduanera incurrió en falso supuesto de derecho al aplicar el artículo 118 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de Aduanas para sancionar la conducta de la sociedad mercantil TAUREL & CIA, SUCRS, C.A., en su carácter de Auxiliar de la Administración Aduanera, al incumplir con la obligación de reembarcar, dentro del plazo de tres (3) meses establecido en el artículo 79 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas, los contenedores vacíos, utilizados como implementos para el transporte de mercancía introducida al territorio aduanero nacional, en consecuencia se anula la sanción impuesta. Así se declara.
Dispositiva
1) SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia N° PJ0082013000058 de fecha 3 de mayo de 2013, dictada por el Tribunal Superior Octavo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se CONFIRMA. 2) CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por el apoderado judicial de la sociedad mercantil TAUREL & CÍA. SUCRS., C.A., en consecuencia, se ANULA la Resolución N° identificada con el alfanumérico SNAT-GGSJ-GR-DRAAT-2012-0255 de fecha 3 de abril de 2012 dictada por la GERENCIA GENERAL DE SERVICIOS JURÍDICOS DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la referida empresa contra la Decisión Administrativa N° SNAT/INA/GAP/MAR/AAJ/2010-03899 del 19 de julio de 2010 emitida por la Gerencia de la Aduana Principal de Maracaibo del aludido órgano de adscripción.
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATFalso Supuesto de DerechoMultaContenedores Vacíos