Sentencia N° 38 — Sala Político Administrativa del TSJ, 21 de enero de 2014

TSJ/SPA, Sent. N° 00038, Exp. 2010-1152, 22/01/2014
Expediente2010-1152
PonenteMÓNICA MISTICCHIO TORTORELLA
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2014-01-21
DecisiónSe ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad; IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado.

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia admitió el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por la sociedad Servicios Mecánicos Los 5 P, C.A. contra las Providencias Administrativas del SENIAT, que designan a los contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado. Sin embargo, se declaró improcedente la solicitud de amparo cautelar, argumentando que no se cumplían los requisitos necesarios para su admisión. La decisión se fundamenta en la falta de evidencia de violaciones a derechos constitucionales y la necesidad de preservar la legalidad tributaria.

Extracto de la motiva

Con relación al fumus boni iuris, se ha dejado sentado en repetidas oportunidades que su examen exige de la parte recurrente la argumentación y acreditación de hechos concretos que permitan establecer una presunción grave de violación o amenaza de violación de derechos constitucionales. Respecto al periculum in mora, importa reiterar que en casos como el de autos dicho extremo es determinable por la sola verificación del requisito anterior, pues la circunstancia de que exista una presunción grave de violación o amenaza de violación de derechos de orden constitucional, o su limitación fuera de los parámetros permitidos en el Texto Fundamental, conduce necesariamente a inferir que por la naturaleza de los intereses debatidos y ante el riesgo inminente de causar un perjuicio irreparable en la definitiva a la parte que alega la violación, debe preservarse -in límine- el ejercicio pleno de aquellos.

Dispositiva

1.- Se ADMITE el recurso contencioso administrativo de nulidad por razones de inconstitucionalidad e ilegalidad ejercido conjuntamente con acción de amparo cautelar, por la sociedad de comercio SERVICIOS MECÁNICOS LOS 5 P, C.A., contra las Providencias Administrativas Nos. SNAT/2002/1419 y SNAT/2002/1455, dictadas por el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT) en fechas 15 y 29 de noviembre de 2002, publicadas en las Gacetas Oficiales de la República Bolivariana de Venezuela Nos. 37.573 y 37.585 de fechas 19 de noviembre y 5 de diciembre de 2002, respectivamente, mediante las cuales se designan a los contribuyentes especiales como agentes de retención del impuesto al valor agregado. 2.- IMPROCEDENTE el amparo cautelar solicitado por la recurrente, consistente en la suspensión de los efectos de los actos recurridos hasta tanto se dicte la sentencia definitiva en el presente juicio. 3.- Se ORDENA la remisión del expediente al Juzgado de Sustanciación de esta Sala a los fines de la continuación del procedimiento de ley.

Palabras clave

amparo cautelarfumus boni iurispericulum in moratutela judicialderechos constitucionales

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca