La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su decisión, revoca la sentencia del Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por SERVINAVE C.A. contra las resoluciones de multa impuestas por el SENIAT. La Sala concluye que la empresa recurrente no demostró haber estado impedida para reembarcar los contenedores vacíos dentro del plazo legal, lo que llevó a declarar con lugar el recurso de apelación del Fisco Nacional. Además, se condena a SERVINAVE C.A. en costas procesales.
Extracto de la motiva
La Sala advierte que la empresa recurrente no demostró en sede administrativa ni judicial, haber estado impedida para reembarcar los contenedores vacíos dentro del lapso previsto en el artículo 79 del Reglamento de la Ley Orgánica de Aduanas de 1991, en razón de una causa de fuerza mayor atribuible a la Administración Aduanera, por lo que resulta procedente el vicio de falso supuesto de hecho denunciado por la representación judicial del Fisco Nacional; motivo por el cual, declara con lugar el recurso de apelación ejercido por ésta contra la sentencia definitiva N° 0082013 de fecha 30 de enero de 2013 dictada por el Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se revoca. Así se decide.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FISCO NACIONAL contra la sentencia definitiva N° 0082013 de fecha 30 de enero de 2013, dictada por Tribunal Superior Cuarto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual se REVOCA. 2.- SIN LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad mercantil SERVINAVE C.A. contra las Resoluciones de Multa identificadas con los alfanuméricos SNAT/INA/GAP/AAJ/2012-0106-2383, SNAT/INA/GAP/AAJ/2012-0113-2390 y SNAT/INA/GAP/AAJ/2012-0115-2392, todas de fecha 26 de abril de 2012, notificadas el 16 de mayo de 2012, las cuales quedan FIRMES. Se CONDENA EN COSTAS la sociedad mercantil SERVINAVE C.A., en el cinco por ciento (5%) de la cuantía del recurso, de conformidad con lo establecido en el artículo 334 del Código Orgánico Tributario vigente.
Palabras clave
Contencioso TributarioSENIATMultaRecurso de Apelación