La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el recurso de abstención interpuesto por la sociedad mercantil Econoinvest Capital, S.A. contra el Ministro del Poder Popular de Economía, Finanzas y Banca Pública. La decisión se basa en que el recurso fue presentado fuera del lapso de caducidad establecido por la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, que es de 180 días continuos desde la materialización de la abstención por parte de la administración pública.
Extracto de la motiva
La Sala determina que el recurso de abstención fue interpuesto el 11 de diciembre de 2014, una vez fenecido el lapso de caducidad que culminó el 22 de septiembre de 2014. Se establece que la parte actora solicitó la revocatoria de la intervención de la empresa Inversora Insecar C.A. en fechas anteriores, pero no obtuvo respuesta, lo que llevó a la interposición del recurso. Sin embargo, al haber transcurrido el tiempo estipulado para la presentación del recurso, se concluye que este es inadmisible.
Dispositiva
En virtud de las precedentes consideraciones, esta Sala Político- Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE el recurso de abstención interpuesto por la sociedad mercantil Econoinvest Capital, S.A., de conformidad con lo previsto en el artículo 35 numeral 1 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa. Publíquese, regístrese y notifíquese. Archívese el expediente judicial. Cúmplase lo ordenado.