La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por HUGO BOSS AG. contra la Resolución N° 412 del Viceministro de Industria, que había declarado sin lugar los recursos de reconsideración interpuestos por la firma CITADINO INTERNACIONAL, C.A. La Sala consideró que el acto impugnado incurrió en vicios de falso supuesto de hecho y de derecho, al no reconocer la notoriedad de la marca HUGO BOSS, lo que llevó a la confusión en el mercado. Se ordenó la anulación del acto administrativo y la continuación del trámite correspondiente.
Extracto de la motiva
La Sala debe enfatizar que el expediente administrativo del caso, tal y como se ha indicado, se originó con la solicitud N° 021761 de fecha 18 de noviembre de 1993, efectuada por la sociedad de comercio CITADINO INTERNACIONAL C.A., para registrar el signo BOSS DE CITADINO (etiqueta), que dio lugar a la Resolución N° 2.455 del 12 de junio de 1995, emanada del Servicio Autónomo de Registro de la Propiedad Industrial (SARPI), posteriormente impugnada mediante el recurso de reconsideración intentado ante dicho organismo y decidido a través de la Resolución N° 2.581 del día 4 de junio de 1997. Es decir, que en este contexto, todas y cada una de las declaraciones de la Administración especializada en la materia encuadraron debidamente en los supuestos apuntados por la jurisprudencia nacional y comunitaria andina (conforme a la Decisión 344 de la Comisión del Acuerdo de Cartagena, aplicable ratione temporis); para considerar la notoriedad de una marca.
Dispositiva
1.- CON LUGAR el recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por apoderados judiciales de la sociedad mercantil HUGO BOSS AG., ya identificados, contra el acto administrativo contenido en la Resolución N° 412 de fecha 24 de abril de 2003, dictado por el Viceministro de Industria, actuando por delegación efectuada por el ciudadano Ministro de Producción y el Comercio. 2.- Se ANULA el mencionado acto administrativo. Publíquese, regístrese y comuníquese. Notifíquese a las partes. Devuélvase el expediente administrativo y archívese el judicial. Cúmplase lo ordenado.