La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, mediante la sentencia N° 00056, declaró con lugar el recurso por abstención interpuesto por el abogado Alexi Coa Estanga en representación de Yonny Antonio Arias, en relación a la negativa del Ministro del Poder Popular para la Defensa de informar y pagar beneficios por misión de estudios en el exterior. Se ordenó al Ministro evaluar la solicitud y emitir un acto expreso en un plazo de 60 días hábiles.
Extracto de la motiva
De la revisión de las actuaciones que conforman el expediente, se observa que esta Sala mediante auto para mejor proveer N° 144 de fecha 8 de diciembre de 2011, le ordenó al Ministro del Poder Popular para la Defensa que informara si había emitido pronunciamiento con relación al requerimiento del Maestro Técnico de Tercera (MT3) de la Aviación Bolivariana (AVB), ciudadano Yonny Antonio Arias, referida a la cancelación de los beneficios por concepto de comisión de estudios en el exterior, ello a los efectos de dar cumplimiento a la sentencia definitiva dictada en la presente causa bajo el N° 00056 de fecha 19 de enero de 2011. Asimismo, se evidencia que en fecha 6 de marzo de 2012, se recibió en esta Sala la comunicación N° MPPD-CJ-DD 394 del 5 de marzo de 2012, suscrita por la Consultora Jurídica del Ministerio del Poder Popular para la Defensa, anexo a la cual remitió copia simple de la notificación que le hiciera el Ministro al recurrente, la cual fue recibida por el mismo el 1° de diciembre de 2011 y donde se lee: “(…) En atención a sus particulares y previa valoración de los documentos que avalan su solicitud le informo que este Despacho ha decidido declarar su solicitud IMPROCEDENTE, al observar que a Usted le fueron cancelados todos los beneficios establecidos contractualmente para la realización del Curso de Post-Grado de Especialización en Radar Primario por parte de la Empresa Contratista CHINA NATIONAL ELECTRONICS IMPORT & EXPORT CORPORATION (CEICEC), los cuales incluyeron alojamiento, servicios médicos, transporte y la cantidad de mil ($1.000) Dólares de los Estados Unidos de América en efectivo para gastos particulares, tal cual estaba previsto en el documento contractual en comento que dio origen a la realización del mencionado curso y para el cual fue designado usted, aunado al hecho que el Componente Aviación Militar Bolivariana le asignó Mil ($ 1.000) Dólares de los Estado Unidos de América en efectivo para la adquisición del equipamiento de invierno. Notificación que hago llegar a Usted, de conformidad con el artículo 73 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, quedando agotada la vía administrativa y abierta la jurisdicción de lo Contencioso-Administrativa, por lo que de acuerdo a lo establecido en el artículo 21 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia, puede intentar dentro de los seis (06) meses la respectiva acción o recurso de nulidad por ante el Máximo Juzgado, si considera afectados sus derechos”. (Negrillas de la cita). Ahora bien, visto que a través del fallo definitivo dictado en la presente causa, se le ordenó al Ministro del Poder Popular para la Defensa “evaluar la solicitud del recurrente con relación a la cancelación de los beneficios por concepto de comisión de estudios en el exterior, y emitir un acto expreso que deberá notificar al actor…” y por cuanto de la anterior transcripción se evidencia que el citado funcionario dio cumplimiento a lo ordenado, toda vez que se pronunció en el caso concreto, declarando la improcedencia de la petición formulada por el recurrente, notificándolo de tal decisión, es por lo que esta Sala declara terminado el presente asunto y en consecuencia, ordena el archivo del expediente. Así se determina.
Dispositiva
Con fundamento en los razonamientos antes expuestos, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, da por terminado este juicio y, en consecuencia, ORDENA el archivo del expediente. Publíquese, regístrese y comuníquese. Cúmplase lo ordenado.
Palabras clave
silencio administrativobeneficioscomisión de estudiosejecución forzosajurisdicción contencioso administrativa