La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la falta de jurisdicción para conocer la demanda interpuesta por MANAGEMENT AND PROCUREMENT GLOBAL SOLUTIONS CORP contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y las sociedades PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) y BARIVEN, S.A. La decisión se fundamenta en la existencia de una cláusula arbitral que establece que las controversias deben resolverse mediante arbitraje en la Haya, lo que limita la competencia de la Sala para conocer el caso. Se ordena a las partes presentar las autorizaciones necesarias del Ministerio del Poder Popular de Petróleo y la opinión de la Procuraduría General de la República.
Dispositiva
ORDENA NOTIFICAR: 1-. A las sociedades mercantiles MANAGEMENT AND PROCUREMENT GLOBAL SOLUTIONS CORP y BARIVEN, S.A., para que consignen en autos los instrumentos fundamentales en los que basaron su pretensión, debidamente traducidos íntegramente al idioma castellano por intérprete público, para lo cual se le concede un lapso de quince (15) días de despacho contado a partir de que conste en autos su notificación. 2-. A las sociedades mercantiles PETRÓLEOS DE VENEZUELA, S.A. (PDVSA) y BARIVEN, S.A., y al MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE PETRÓLEO partes accionadas en la presente causa, para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho, consignen en autos las autorizaciones del Ministerio del Poder Popular de Petróleo.