El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, decidió sobre el recurso de apelación interpuesto por el Fisco Nacional contra la sentencia del Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario y la medida de amparo cautelar presentada por Richard Alberto Guerrero. La Sala revocó la decisión anterior, manteniendo firme la calificación de sujeto pasivo especial del contribuyente, y condenó en costas procesales a la contribuyente.
Extracto de la motiva
motivación (artículo 1,12 y 18 LOPA) (…)”. (Sic). (Añadidos de esta Sala). Solicitó medida de ampara cautelar, al considerar la violación del derecho a la tutela judicial efectiva y de igual forma expresó el fomus bonis iuris y el periculum in danni. II FALLO APELADO Mediante sentencia definitiva número 007-23 del 10 de enero de 2023, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes, declaró con lugar el recurso contencioso tributario conjuntamente con medida de amparo cautelar incoado por el ciudadano Richard Alberto Guerrero Guerrero, actuando en su carácter de propietario de la firma personal Distribuidora de Repuestos Guerrero, asistido por el abogado, Yilmer Javier Dueñas Monsalve, antes identificados, bajo la motivación expuesta seguidamente: “(…) MOTIVACIONES PARA DECIDIR
Dispositiva
1.- CON LUGAR, Recurso Contencioso Tributario, conjuntamente con amparo cautelar, presentado personalmente por su firmante, interpuesto por el ciudadano, RICHARD ALBERTO GUERRERO GUERRERO, titular de la cédula de identidad N° V- 13.306.050, con Registro Único de Información Fiscal Nro 133060509, asistido en este acto por el abogado YILMER JAVIER DUEÑAS, inscrito en el I.P.S.A bajo el No.160.468, Contra la Providencia Administrativa (calificación como Sujeto Pasivo Especial) N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/UTILG/E-202021-040 de fecha 06/10/2021, emitida por el Jefe de la División de Fiscalización del SENIAT Región Los Andes. 2.- SE ANULA, la Providencia Administrativa (calificación como Sujeto Pasivo Especial) N° SNAT/INTI/GRTI/RLA/UTILG/E-202021-040 de fecha 06/10/2021, emitida por el Jefe de la División de Fiscalización del SENIAT Región Los Andes. 3.- NO PROCEDE LA CONDENA EN COSTAS.