Sentencia N° 370 — Sala Político Administrativa del TSJ, 8 de diciembre de 2021

TSJ/SPA, Sent. N° 00370, Exp. 1969-1723, 08/12/2021
Expediente1969-1723
PonenteMARCO ANTONIO MEDINA SALAS
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoNulidad
Fecha de la decisión2021-12-08
DecisiónCon Lugar

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia decide sobre la demanda de nulidad interpuesta por la Compañía Shell de Venezuela Limited contra ciertos artículos de la Ordenanza sobre Impuestos Inmobiliarios y actos administrativos del Concejo Municipal. Se destaca que la parte demandante no ha realizado actos de impulso procesal desde 1974, lo que lleva a la Sala a considerar la necesidad de notificar a la empresa para que manifieste su interés en continuar con el proceso. La decisión ordena la notificación y establece un plazo para que la parte recurrente exprese su interés en que se decida la causa.

Extracto de la motiva

En atención a lo antes expresado, este Alto Tribunal a fin de resguardar el derecho a la tutela judicial efectiva, estima necesario ordenar la notificación de la empresa recurrente, concediéndole un lapso prudencial para que en caso de tener interés en la continuación de la causa, así lo manifieste expresamente. Vinculado a lo anterior, respecto a la forma cómo ha de practicarse la notificación, la prenombrada Sala Constitucional, en decisión número 4294 del 12 de diciembre de 2005, dejó sentado que la misma debe realizarse “…en cualquiera de las formas previstas en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, si ello fuere posible, y de no serlo, por no conocer el tribunal dónde realizar la notificación, o por no poder publicar el cartel, con la fijación de un cartel en las puertas del tribunal”. De esta manera, en aplicación del criterio fijado por la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal, esta Sala Político-Administrativa ordena la notificación de la empresa Shell de Venezuela Limited, C.A., para que dentro de un lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de la constancia en autos de su notificación, manifieste su interés, de ser el caso, en que se conozca y decida la causa. Así se establece. Transcurrido el lapso indicado sin que la parte recurrente haya manifestado su interés en que se conozca y decida la controversia, esta Sala procederá a dictar el pronunciamiento correspondiente. (Vid., entre otras, sentencias de esta Sala números. 01144, 00387, 00180, 00458 y 01021 de fechas 4 de agosto de 2009, 5 de mayo de 2010, 7 de marzo y 8 de mayo de 2012 y 19 de septiembre de 2013, respectivamente). Así se declara.

Dispositiva

ORDENA la notificación de la sociedad mercantil SHELL DE VENEZUELA LIMITED, C.A., para que dentro del lapso de diez (10) días de despacho contados a partir de que conste en autos su notificación, manifieste su interés en que se decida la presente causa.

Palabras clave

nulidadimpuestosShell de Venezuela

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