La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara sin lugar la demanda de cobro de bolívares presentada por Reinaldo Planchart Montemayor en nombre de la Sucesión Planchart-Montemayor contra la República Bolivariana de Venezuela. La decisión se basa en la falta de pruebas que demuestren la propiedad del inmueble sobre el cual se construyó la planta de tratamiento 'El Maguey'. La Sala concluye que no se logró establecer de manera concluyente que la planta fue construida en terrenos de propiedad de la demandante, lo que lleva a la desestimación de la acción planteada.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar las pruebas presentadas, concluye que la parte actora no logró demostrar la condición de propietario del inmueble sobre el que alegó fue construida la planta de tratamiento 'El Maguey'. Se advierte que las documentales presentadas no permiten identificar con precisión el inmueble en cuestión, y que el deslinde celebrado entre la parte actora y el Municipio Sotillo carece de valor probatorio debido a la falta de notificación a la Procuraduría General de la República, lo que constituye una violación de las formalidades esenciales del proceso. En consecuencia, se declara sin lugar la demanda de cobro de bolívares.
Dispositiva
La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de cobro de bolívares planteada por el abogado REINALDO PLANCHART MONTEMAYOR, actuando en nombre propio, como integrante de la SUCESIÓN PLANCHART-MONTEMAYOR y 'en interés legal de los demás integrantes de la mencionada Sucesión' contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. Se condena en costas a la parte actora.
Palabras clave
expropiacióncobro de bolívarespropiedaddeslindecontencioso-administrativo