Sentencia N° 37 — Sala Político Administrativa del TSJ, 27 de enero de 2004

TSJ/SPA, Sent. N° 00037, Exp. 2003-1261, 28/01/2004
Expediente2003-1261
PonenteYOLANDA JAIMES GUERRERO
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoConflicto de Autoridades
Fecha de la decisión2004-01-27
DecisiónInadmisible

Resumen

La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara inadmisible el conflicto de autoridades planteado por Juan Bautista Zambrano, quien actuó como Alcalde Interino del Municipio Carirubana. La controversia surgió a raíz de la usurpación de atribuciones por parte de ex concejales, lo que generó una crisis institucional en el municipio. La Sala determinó que la acumulación de acciones de conflicto de autoridades y amparo constitucional era incompatible, lo que llevó a la inadmisibilidad del recurso.

Extracto de la motiva

La Sala para precisar lo relativo a su competencia, estima necesario referirse a la naturaleza de la controversia planteada y a tal efecto considera, como ha sostenido en casos similares, que la misma no es de naturaleza constitucional, esto es, aquella que da lugar a los procesos constitucionales para dirimir los conflictos de competencias constitucionales entre entidades político territoriales, o entre otros órganos de naturaleza constitucional, en cuyo caso, la competencia correspondería a la Sala Constitucional de este Máximo Tribunal; tampoco es de naturaleza electoral en virtud de que no se trata de la elección popular de un cargo público como resultado de un proceso electoral o de situaciones análogas conforme se ha venido determinando en la jurisprudencia de esta Sala. El caso que examinamos, es una controversia de naturaleza administrativa, suscitada en virtud de la coexistencia, como se sostiene en el escrito de dos Síndicos Procuradores, dos Secretarios de Cámara y tres Alcaldes, razón por la cual aseguran se encuentra actualmente amenazada la normalidad institucional del Municipio y por tanto, de conformidad con el artículo 266, numerales 4 y 9 de la Constitución, en concordancia con lo establecido en los artículos 42, ordinal 22 y 43 de la Ley Orgánica de la Corte Suprema de Justicia y el artículo 166 de la Ley Orgánica de Régimen Municipal, es competencia de esta Sala Político-Administrativa de este Supremo Tribunal.

Dispositiva

Por las razones expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el conflicto de autoridades, formulado por el ciudadano JUAN BAUTISTA ZAMBRANO, quien dice actuar con el carácter de Alcalde del Municipio Carirubana del Estado Falcón, asistido por el abogado Jorge Luis Meza, antes identificados. Publíquese, regístrese y notifíquese. Cúmplase lo ordenado.

Palabras clave

conflicto de autoridadesusurpación de atribucionesCámara Municipalcrisis institucionalamparo constitucionalnormalidad institucionalLey Orgánica de Régimen MunicipalLey Orgánica de la Corte Suprema de Justicia

Leyes que cita esta sentencia

¿Necesitas analizar esta sentencia o encontrar otras parecidas?
El asistente de IA de IAJURISS responde citando la ley y la sentencia exacta, con enlace al documento original.
Preguntar a la IA gratis → Ver el PDF oficial Explorar la Biblioteca