Sentencia N° 365 — Sala Político Administrativa del TSJ, 5 de abril de 2016

TSJ/SPA, Sent. N° 00365, Exp. 2012-0398, 05/04/2016
Expediente2012-0398
PonenteMarco Antonio Medina Salas
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoContencioso Administrativo
Fecha de la decisión2016-04-05
DecisiónParcialmente Con Lugar

Resumen

El Tribunal Supremo de Justicia, en Sala Político-Administrativa, se pronunció sobre la consulta de la sentencia definitiva número 349-2011, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por la sociedad Ganadería Trinidad, C.A. La Sala confirmó que la recurrente no estaba obligada al pago de contribuciones del 2% y ½% correspondientes a los ejercicios fiscales desde el primer trimestre de 2005 hasta el segundo trimestre de 2008, pero revocó lo relacionado con el tercer y cuarto trimestre de 2008, donde sí se determinó la obligación de pago. Se anularon los tributos y accesorios de los primeros períodos y se declararon firmes las obligaciones de los últimos.

Extracto de la motiva

En el presente caso, en vista de que el Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) no apeló la decisión que desfavoreció sus intereses, el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes remitió el expediente a esta Sala a los fines del pronunciamiento en consulta respecto a la sentencia definitiva número 349-2011 de fecha 11 de octubre de 2011, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario incoado conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por la sociedad mercantil Ganadería Trinidad, C.A., contra la Resolución Culminatoria del Sumario identificada con el número 283-2010-02-14 de fecha 20 de abril de 2010 emitida por el nombrado Instituto. De allí que corresponde a este Máximo Tribunal resolver en consulta de acuerdo a lo establecido en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2016, sobre la conformidad a derecho de la aludida sentencia definitiva, aplicable en razón del tiempo. A los fines de pronunciarse en consulta acerca del fallo de instancia, esta Alzada debe verificar previamente en la decisión judicial sometida a examen las exigencias plasmadas en las sentencias números 00566, 00812 y 00911 dictadas por esta Sala Político-Administrativa en fechas 2 de marzo de 2006, 9 de julio y 6 de agosto de 2008, casos: Agencias Generales Conaven, S.A., Banesco Banco Universal, C.A. e Importadora Mundo del 2000, C.A., respectivamente; así como en el fallo número 2.157 del 16 de noviembre de 2007, proferido por la Sala Constitucional de este Alto Tribunal, caso: Nestlé de Venezuela, C.A., relativos a los requisitos de apelabilidad de las decisiones judiciales previstos actualmente en el artículo 285 del Código Orgánico Tributario de 2015.

Dispositiva

1.- PROCEDE la consulta de la sentencia definitiva número 349-2011 dictada por el Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Los Andes el 11 de octubre de 2011, que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos, conforme a lo actualmente previsto en el artículo 84 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República de 2016. 2.- Conociendo en consulta, se CONFIRMA del mencionado fallo el pronunciamiento relativo a no estar la sociedad GANADERÍA TRINIDAD, C.A., obligada al pago de la contribución del 2% y el ½% prevista en el artículo 10 de la Ley sobre el Instituto Nacional de Cooperación Educativa (INCE) de 1970, correspondiente a los ejercicios fiscales comprendidos desde el primer trimestre de 2005 hasta el segundo trimestre de 2008; y se REVOCA lo referido a no encontrarse la recurrente sujeta al mencionado aporte contemplado en los artículos 14 (numerales 1 y 2) y 15 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Instituto Nacional de Capacitación y Educación Socialista (INCES) de 2008, relacionado con el tercer y cuarto trimestre de 2008. 3.- PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente con solicitud de medida cautelar de suspensión de efectos por el ciudadano Jorge Antonio Carrero Necker, actuando con el carácter de Vicepresidente de la referida sociedad, asistido de abogada, contra la Resolución Culminatoria del Sumario identificada con el número 283-2010-02-14 dictada en fecha 20 de abril de 2010 por la Gerencia General de Tributos del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACIÓN Y EDUCACIÓN SOCIALISTA (INCES); en consecuencia: 3.1.- NULOS del acto administrativo impugnado, los tributos y sus accesorios determinados por la administración tributaria relativos a los períodos fiscales comprendidos desde el primer trimestre de 2005 hasta el segundo trimestre de 2008. 3.2.- FIRMES las obligaciones relacionadas con los ejercicios correspondientes al tercer y cuarto trimestre de 2008.

Palabras clave

Contencioso TributarioGanadería Trinidad, C.A.INCESContribucionesSuspensión de Efectos

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