El Tribunal Supremo de Justicia, en su Sala Político-Administrativa, decidió a favor de la empresa INDUSTRIA VENEZOLANA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE CONSUMO-KONSUMA DE VENEZUELA, S.A., declarando con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto contra el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT). La decisión se fundamentó en la falta de un procedimiento administrativo previo en la determinación de una deuda tributaria, lo que constituyó una vía de hecho. Además, se declaró el desistimiento tácito del recurso de apelación ejercido por FONACIT contra la sentencia del tribunal inferior que había declarado con lugar el recurso contencioso tributario.
Extracto de la motiva
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR (…) El procedimiento de determinación oficiosa se encuentra establecido en el artículo 172 del Código Orgánico Tributario de 2001, al disponer que: (…) Conforme a la disposición antes transcrita, la Administración Tributaria mantiene entre sus potestades la realización de un procedimiento de verificación con el fin de revisar y comprobar las declaraciones presentadas por los contribuyentes o responsables, a fin de constatar la correcta determinación del tributo. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 6 de 25
Dispositiva
1.- El DESISTIMIENTO TÁCITO del recurso de apelación ejercido por la representación judicial del FONDO NACIONAL DE CIENCIA TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN (FONACIT), contra la sentencia definitiva número 2237 dictada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas el 27 de abril de 2017. 2.- Que PROCEDE la consulta de la mencionada decisión de instancia, en la cual se declaró con lugar el recurso contencioso tributario. 3.- El DECAIMIENTO DEL OBJETO del recurso contencioso tributario interpuesto por los apoderados y la apoderada judicial de la empresa INDUSTRIA VENEZOLANA DE PRODUCTOS FARMACÉUTICOS DE CONSUMO-KONSUMA DE VENEZUELA, S.A., contra las vías de hecho desplegadas por el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT), materializadas en el ESTADO DE CUENTA APORTANTE LOCTI de fecha 28 de agosto de 2014 emitido por el Fondo Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (FONACIT).
Palabras clave
Contencioso TributarioFONACITAporte LOCTIVía de HechoDebido Proceso