Sentencia N° 360 — Sala Político Administrativa del TSJ, 3 de junio de 2025

TSJ/SPA, Sent. N° 00360, Exp. 2025-0145, 03/06/2025
Expediente2025-0145
PonenteMALAQUÍAS GIL RODRÍGUEZ
MateriaContencioso-Administrativo
Tipo de recursoRegulacion de Jurisdiccion
Fecha de la decisión2025-06-03
DecisiónImprocedente

Resumen

La sentencia del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, eleva la consulta a la Sala Político Administrativa del TSJ sobre la regulación de jurisdicción en un caso de divorcio por desafecto. Se destaca que ambas partes tienen domicilios fuera de Venezuela y que los menores involucrados también residen en el extranjero, lo que plantea cuestiones sobre la jurisdicción del Poder Judicial venezolano. La Sala Político Administrativa declara improcedente la consulta y ordena remitir el expediente al tribunal de origen para que se pronuncie sobre la falta de jurisdicción alegada por la parte demandada.

Extracto de la motiva

En efecto, se advierte que los apoderados judiciales de la parte demandada solicitaron la falta de jurisdicción del Poder Judicial Venezolano frente al Juez extranjero en fecha 25 de abril de 2024, en consecuencia, el Tribunal remitente debió pronunciarse acerca de si el Poder Judicial venezolano tenía o no jurisdicción para conocer de la demanda de divorcio por desafecto interpuesta por la parte actora. Con fundamento en las consideraciones que anteceden, se advierte que no procedía elevar el asunto a esta Sala ni en consulta (porque no se ha negado la jurisdicción), ni en regulación de jurisdicción (porque todavía no ha sido interpuesto recurso alguno). En atención a las consideraciones expuestas, siendo que no existe una decisión expresa sobre la jurisdicción, esta Sala declara improcedente la consulta de jurisdicción planteada y ordena enviar el expediente al juez remitente para que se pronuncie acerca de la falta de jurisdicción alegada. Así se declara. Por otra parte, visto que el tribunal a quo no emitió decisión respecto a lo solicitado por la parte accionada y ordenó remitir el expediente a este Máximo Instancia, sin haber una sentencia que decidiera sobre la jurisdicción, se insta a la jueza de la causa a observar la ley adjetiva y la pacífica jurisprudencia que este Máximo Tribunal ha sostenido respecto a la consulta en materia de jurisdicción, a fin de evitar dilaciones indebidas en atención a los principios de celeridad y economía procesal.

Dispositiva

ELEVA LA CAUSA en consulta a la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, el recurso de Regulación de Jurisdicción planteado en el procedimiento de Divorcio por Desafecto interpuesto por Alexandra Patricia Morales Torres, actuando como apoderada judicial de la ciudadana ADRIANA CAROLINA ÁLVAREZ MONTERO, en contra del ciudadano: JOSÉ OVIDIO NAVA PUERTA.

Palabras clave

jurisdicciónconsultadivorcioprocedimientotribunaljusticia

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