La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia confirma la decisión del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario que declaró con lugar el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIOS LETI, S.A.V. contra la Resolución del SENIAT que clasificaba el medicamento OMACOR bajo la partida arancelaria 1516.10.00. Se establece que OMACOR es un medicamento y debe ser clasificado bajo la partida 3004.90.29, en virtud de su naturaleza como producto farmacéutico, lo que implica que la clasificación anterior era errónea.
Extracto de la motiva
motivación siguiente: El Juez de mérito delimitó la controversia en “(…) tener que decidir sobre la legalidad de la Resolución identificada con las letras y números SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0504 de fecha 05 de septiembre de 2013, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos, del Servicio.Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), con la cual al declarar sin lugar el Recurso Jerárquico ejercido en contra (…) [del] Oficio de Clasificación Arancelaria SNAT/INA/GA/DN/2012/E/00100178 de fecha 05 de marzo de 2012, emanado del mismo Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), confirma la ubicación del medicamento denominado ‘OMACOR’ 100 mg – Cápsulas Blandas, en la partida arancelaria correspondiente a ‘Grasas y aceites, animales, y sus fracciones, parcial o totalmente hidrogenados, interesterificados, reesterificados o alaidinizados, incluso refinados, pero sin preparar de otro modo’ partida arancelaria: 1516.10.00, con el siguiente régimen tarifario y legal: Tarifa Ad-Valorem: 20% (…)”. (Añadido de esta Sala). Delimitada la litis, el Sentenciador de Instancia como primer punto previo observó que la empresa accionante plantea “(…) la nulidad de[l] acto recurrido por el hecho que se trata de una resolución dictada por el órgano administrativo cuando ya había sido notificado que la recurrente, ante la denegación tácita del Recurso Jerárquico interpuesto, ya había procedido a ejercer el correspondiente Recurso Contencioso Tributario; por tanto, por aplicación del artículo 255 del Código Orgánico Tributario, la Administración Tributaria estaba impedida de decidir, negativamente sobre el recurso jerárquico”. IAJuriss.com | Base de Datos Jurídica de Venezuela | Página 11 de 37 Asimismo, advirtió que “(…) la parte recurrente indica, en el recurso contencioso tributario interpuesto que con el acto administrativo impugnado se decidió, en forma expresa, el Recurso Jerárquico ejercido en contra del Oficio SNAT/INA/G
Dispositiva
Se declara CON LUGAR el recurso contencioso tributario interpuesto por LABORATORIOS LETI, S.A.V., contra la Resolución No. SNAT/GGSJ/GR/DRAAT/2013-0504 dictada el 5 de septiembre de 2013 por la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SENIAT, que declaró sin lugar el recurso jerárquico ejercido por la sociedad de comercio, confirmando en consecuencia el Oficio de Clasificación Arancelaria Nro. SNAT/INA/GA/DN/2012/E/00178 de fecha 5 de marzo de 2012.
Palabras clave
Clasificación arancelariaOMACORMedicamentoSENIATLaboratorios Leti