La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 723, declaró con lugar el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por Hugo Acuña Esis contra la Resolución N° 01-00-196 del Contralor General de la República, que revocó su designación como Contralor Municipal. La Sala ordenó su reincorporación inmediata al cargo, argumentando que la resolución impugnada contenía vicios de interpretación y supuestos de hecho erróneos. Posteriormente, se abordó la solicitud de restablecimiento del derecho de Acuña Esis, quien alegó que, a pesar de su reincorporación, la Contraloría General emitió oficios que ordenaban revocar su designación, lo que llevó a la Sala a abrir una articulación probatoria para evaluar la situación actual del recurrente y su capacidad para ejercer el cargo.
Extracto de la motiva
La Sala, al analizar la solicitud de restablecimiento del derecho del ciudadano Hugo Acuña Esis, quien fue reincorporado como Contralor Municipal, destacó que la decisión del Concejo Municipal de convocar un nuevo concurso para la designación del Contralor contraviene la orden emitida en la sentencia Nro. 723. Se enfatizó que la presunta inhabilitación sobrevenida del recurrente, surgida tras la sentencia, debe ser evaluada conforme al procedimiento establecido en el Código de Procedimiento Civil, garantizando así el derecho a la defensa y la tutela judicial efectiva. La Sala ordenó la apertura de una articulación probatoria para que las partes presenten sus alegatos y pruebas sobre la situación actual del recurrente y su capacidad para ejercer el cargo de Contralor Municipal.
Dispositiva
ORDENA la apertura de una articulación probatoria de ocho (8) días de despacho más ocho (8) días continuos correspondientes al término de la distancia, contados a partir del día siguiente a aquel en que conste en autos la práctica de la notificación del recurrente Hugo Acuña Esis, del ciudadano Contralor General de la República, del Presidente del Concejo Municipal, del Alcalde y del Síndico Procurador Municipal del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia, a efectos que éstos aleguen y prueben lo que estimen conducente con relación a la alegada inhabilitación sobrevenida del recurrente para el ejercicio del cargo de Contralor Municipal del Municipio Valmore Rodríguez del Estado Zulia.