La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia dictó una sentencia en la que se declara desistido el procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por Yuber Albricio Araujo contra un acto administrativo del Ministro del Poder Popular para la Defensa. La decisión se basa en la falta de comparecencia del demandante a la audiencia de juicio fijada para el 16 de mayo de 2019, lo que se considera un desistimiento del procedimiento según la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Extracto de la motiva
Establece la norma precedentemente transcrita, la fijación de la audiencia de juicio dentro de los cinco (5) días de despacho siguientes a aquel en que se verifiquen las notificaciones de Ley y, en su caso, cuando conste en autos la publicación del cartel de emplazamiento; acto al cual deberán concurrir las partes y los terceros interesados. Asimismo, la norma prevé como consecuencia jurídica de la no comparecencia del demandante a la audiencia, el desistimiento del procedimiento. En virtud de ello, advierte este Órgano Jurisdiccional que el 2 de mayo de 2019 se dio cuenta en Sala del presente caso, se designó ponente y se fijó la celebración de la referida Audiencia para el “(…) día jueves 16.5.2019 a las once de la mañana (11:00 a.m.) (…)”. (Vid., folio 112). Igualmente, se evidencia que llegada la oportunidad para que tuviera lugar el señalado acto, la parte accionante no compareció, de lo cual se dejó expresa constancia en la correspondiente acta levantada por la Secretaría el día 16 de mayo de 2019. (Vid., folio 119). En atención a lo anteriormente expuesto y visto que la parte demandante no cumplió con la carga procesal de asistir a la audiencia de juicio previamente fijada, a pesar de que se encontraba notificado, esta Sala declara el desistimiento del procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano Yuber Albricio Araujo, anteriormente identificado, contra el “(…) acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 004731 de fecha 19 de mayo de 2014, mediante la cual fue separado [del cargo de Primer Teniente] de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana por medida disciplinaria y su confirmatoria, contenida en [el] Oficio Nro. MPPD-DD-16376 recibida el 19 de enero de 2015 (…)”, este último dictado por el MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA LA DEFENSA, como respuesta al recurso de reconsideración ejercido por el accionante contra la mencionada Resolución. (Agregados de la Sala). Así se decide.
Dispositiva
Por las razones anteriormente expuestas, esta Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara DESISTIDO el procedimiento en la demanda de nulidad interpuesta por el ciudadano YUBER ALBRICIO ARAUJO, ya identificado, contra el acto administrativo contenido en la Resolución Nro. 004731 de fecha 19 de mayo de 2014.