La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia declara el desistimiento del procedimiento en la demanda interpuesta por Venezolana de Importaciones y Exportaciones, C.A. (VEXIMCA) contra Seguros Caroní, S.A. debido a la incomparecencia del demandante a la audiencia preliminar fijada. Como consecuencia, se revoca la medida cautelar de embargo preventivo decretada anteriormente.
Extracto de la motiva
Concluyó que “(…) existen plenos fundamentos para la ejecución de las Fianzas de Anticipo y Fiel cumplimiento suscritas por SEGUROS CARONÍ, S.A. toda vez que no cabe la menor duda que PANAEXPRESS INVESTMENT, S.A. incumplió reiteradamente el contrato. Así, siendo el caso que SEGUROS CARONÍ, S.A se constituyó como fiadora y principal pagadora en caso de incumplimiento del Contrato No. 0042/2015, se solicita (…) que declare la ejecución de las Fianzas previstas a través de la presente acción (…)”.
Dispositiva
Se declara el DESISTIMIENTO del procedimiento en la demanda por ejecución de fianzas de anticipo y de fiel cumplimiento interpuesta por la representación judicial de la compañía VENEZOLANA DE IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES, C.A. (VEXIMCA), contra la empresa SEGUROS CARONÍ, S.A. En consecuencia, se REVOCA la medida cautelar de embargo preventivo decretada mediante sentencia Nro. 01223 publicada el 28 de noviembre de 2018.