La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia se pronunció sobre la jurisdicción para conocer la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos presentada por María Deyanira Rodríguez González contra C.A. Hidrológica del Caribe. La decisión revoca la sentencia del Tribunal Cuarto de Primera Instancia que había declarado la falta de jurisdicción, argumentando que el Poder Judicial tiene competencia para conocer el caso. Se destaca la importancia de la estabilidad laboral y la inamovilidad en el contexto de la Ley Orgánica del Trabajo.
Extracto de la motiva
la inamovilidad laboral constituye una protección especial y superior para los trabajadores, la cual está íntimamente vinculada con el principio de irrenunciabilidad de los derechos laborales, vale decir, es una garantía superior a la estabilidad laboral, necesariamente debe esta instancia declarar La Falta de Jurisdicción del Poder Judicial para conocer del presente asunto, por considerar que la accionante debe acudir ante el órgano administrativo competente (Inspectoría del Trabajo) a solicitar el reenganche y el consecuente pago de los salarios caídos dejados de percibir, en sujeción a lo pautado en el artículo 425 de la mencionada Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (…) este juzgado administrando justicia, (…) declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN del Poder Judicial para conocer del presente asunto, (…) pues lo procedente en derecho es que la trabajadora acuda a la vía administrativa (Inspectoría del Trabajo) a solicitar el reenganche y pago de los salarios caídos (…) se ordena remitir el presente expediente en el estado en que se encuentra al Tribunal Supremo de Justicia en Sala Político Administrativa (…)
Dispositiva
Se revoca la decisión de fecha 1° de noviembre de 2021, dictada por el Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui. Se declara que el Poder Judicial tiene jurisdicción para conocer y decidir la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos y dejados de percibir interpuesta por la ciudadana María Deyanira Rodríguez González.